Introducción
En un paso audaz hacia la modernización de su sistema fiscal y la captación de ingresos procedentes de la economía digital, Etiopía ha promulgado cambios de gran alcance en su régimen del impuesto sobre el valor añadido (IVA). El eje central de esta reforma es la Proclamación n.º 1341/2024, promulgada en julio de 2024, que deroga la anterior ley del IVA contenida en la Proclamación n.º 285/2002. Entre sus cambios más significativos figura la extensión de las obligaciones del IVA a los prestadores no residentes de servicios digitales y a las plataformas digitales, siguiendo el modelo que cada vez se adopta más en toda África Oriental.
1. Marco jurídico y objetivos de la política
El marco del IVA digital se establece en la Proclamación del IVA n.º 1341/2024, a la espera de que se aprueben los reglamentos de desarrollo. Estas normas suponen una mejora sustancial de la base imponible de Etiopía al gravar la prestación de servicios digitales desde el extranjero y reforzar la arquitectura de control del país mediante una combinación de criterios de registro, declaración y basados en la tecnología.
Entre los principales objetivos de la política se incluyen:
- Gravar la economía digital de forma justa y eficaz.
- Alinearse con las directrices de la OCDE sobre el IVA digital y con las prácticas adoptadas en la región de África Oriental.
- Aumentar la recaudación del IVA y frenar la erosión de la base imponible derivada del comercio electrónico transfronterizo y del consumo digital.
2. Ámbito de los servicios digitales sujetos al IVA
a) Extensión a los prestadores no residentes de servicios digitales
Con efectos desde agosto de 2024, Etiopía comenzó a exigir a los prestadores no residentes de servicios electrónicos que se registraran y liquidaran el IVA cuando prestaran servicios a consumidores etíopes. Esto incluye a las empresas extranjeras que ofrecen:
- Transmisión en continuo de vídeo y música
- Servicios de computación en la nube y alojamiento
- Descargas y actualizaciones de software
- Plataformas de aprendizaje electrónico
- Servicios de publicidad y mercados en línea
b) Plataformas digitales y responsabilidad de los mercados
Los mercados y los operadores de plataformas se consideran proveedores presuntos cuando facilitan la venta de servicios digitales a consumidores locales. Las plataformas digitales (por ejemplo, tiendas de aplicaciones, sitios de aprendizaje electrónico) se consideran «proveedores presuntos» si:
· Autorizan los pagos.
· Establecen las condiciones del suministro.
· Facilitan la entrega
c) Operaciones B2B frente a B2C
Las operaciones B2C están sujetas al IVA del 15 %, mientras que las operaciones B2B siguen un mecanismo de inversión del sujeto pasivo , en el que la empresa etíope autoliquida el IVA.
3. Registro, umbrales y presentación de declaraciones
a) Umbral de registro del IVA
Se ha fijado un umbral de registro de 2 millones de ETB anuales (aproximadamente 16 800 USD) tanto para los prestadores residentes como para los no residentes. Una vez superado este umbral, el prestador debe:
- Registrarse ante el Ministerio de Ingresos y la Autoridad Aduanera de Etiopía
- Repercutir el IVA del 15 % sobre los servicios digitales aplicables
- Presentar las declaraciones del IVA e ingresar el impuesto
El umbral es relativamente bajo en comparación con el de los países vecinos, lo que garantiza una amplia cobertura de los prestadores internacionales de tamaño medio.
b) Registro digital simplificado
Para las empresas no residentes, se prevé introducir un portal de registro simplificado que facilite el cumplimiento a distancia. Es probable que los próximos reglamentos incluyan mecanismos flexibles de presentación de declaraciones y permitan recurrir a agentes fiscales o intermediarios en Etiopía.
c) Facturación del IVA
La proclamación establece que los contribuyentes están obligados a emitir facturas conformes con el IVA. No obstante, los requisitos de facturación se fijarán en reglamentos futuros.
4. Determinación del lugar de prestación
Para determinar si Etiopía es el lugar de prestación y, por tanto, dónde se devenga el IVA, los proyectos de reglamento proponen utilizar una combinación de identificadores digitales. Entre ellos figuran:
- Datos bancarios o de pago asociados a Etiopía
- Conexión de internet de línea fija situada en Etiopía
- Tarjeta SIM de teléfono móvil o código de país vinculado a Etiopía
- Dirección IP que indique una ubicación en Etiopía
Este enfoque es coherente con las normas internacionales sobre las reglas del IVA para servicios digitales a distancia, lo que refuerza la aplicabilidad del IVA etíope a los prestadores digitales extranjeros.
5. Panorama más amplio del IVA en Etiopía
Aunque las medidas sobre el IVA digital son nuevas, operan dentro del marco más amplio del IVA de Etiopía, que conserva varias características tradicionales:
a) Tipo y estructura del IVA
- Tipo general del IVA: el 15 % se aplica a: la entrega de bienes y la prestación de servicios en Etiopía, incluidas las importaciones
- Tipo cero: exportaciones y servicios prestados fuera de Etiopía
- Exentos: productos alimenticios básicos, servicios médicos y educativos, servicios financieros y algunos productos agrícolas
b) Deducción del IVA soportado
Las empresas registradas pueden deducir el IVA soportado en las compras directamente relacionadas con las entregas sujetas. Si el IVA soportado supera al IVA repercutido, el crédito puede trasladarse a periodos posteriores o solicitarse como devolución (con sujeción a determinadas condiciones).
6. Tecnología e infraestructura administrativa
Para respaldar la aplicación de estas reformas, Etiopía está invirtiendo en la digitalización tributaria:
El Sistema Integrado de Administración Tributaria (ITAS) está sustituyendo a la antigua plataforma SIG-TAX, e incorpora:
- Registro digital de los contribuyentes y presentación de declaraciones
- Mejora del análisis de datos y de la elaboración de perfiles de los contribuyentes
- Integración con los sistemas aduaneros y de recaudación
Conclusión
La reforma del IVA digital de Etiopía es un hito significativo en el camino de modernización tributaria del país. Al gravar a los prestadores y mercados no residentes, introducir identificadores digitales para determinar el lugar de prestación y aprovechar la tecnología mediante las integraciones de ITAS y Fayda, el Gobierno avanza con decisión hacia un régimen del IVA más equitativo y eficiente.
La reforma se alinea con los principios internacionales del IVA y busca mejorar el cumplimiento, reforzar la neutralidad fiscal e incrementar la movilización de ingresos internos en un entorno digital en rápida evolución. Los reglamentos definitivos serán decisivos para configurar la siguiente fase de aplicación, pero la dirección es clara: Etiopía se alinea con las prácticas mundiales del IVA digital y construye un marco que garantiza la equidad transfronteriza y el cumplimiento en una economía cada vez más digital.
Fuente: Ethio Alliance, Value Added Tax Proclamation 1341/2024

