La facturación electrónica obligatoria en Angola comenzará en 2025 para los grandes contribuyentes

El 12 de marzo, el Presidente de Angola firmó el Decreto Presidencial por el que se establecen normas para la expedición, rectificación, anulación, conservación y archivo de facturas, incluidas las facturas electrónicas y los documentos con relevancia fiscal.
El Decreto se publicó en el Boletín Oficial el 20 de marzo, marcando el inicio del período de seis meses antes de su entrada en vigor. No obstante, la aplicación de las disposiciones específicas depende de la legislación adicional relativa a las especificaciones técnicas.
Calendario de aplicación e impacto sobre los sujetos pasivos
La fecha de entrada en vigor de la legislación es septiembre de 2025. En los primeros 12 meses, la facturación electrónica obligatoria se aplica a los mayores sujetos pasivos y a los proveedores de la Administración. La lista de los mayores sujetos pasivos está a disposición del público. Las compañías petroleras, la banca y las instituciones financieras se consideran grandes sujetos pasivos por la naturaleza de sus operaciones comerciales.
Una vez transcurridos los primeros 12 meses, es decir, a partir de septiembre de 2026, los requisitos obligatorios de facturación electrónica se aplicarán a todos los sujetos pasivos del Régimen General y Simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Los sujetos pasivos que entran en el ámbito de aplicación del Régimen General son aquellos con un volumen de negocios anual de al menos 350 millones de kz (unos 381.000 USD) y las empresas manufactureras con un volumen de negocios anual de al menos 25 millones de kz (unos 27.000 USD). El Régimen Simplificado se aplica a los sujetos pasivos con un volumen de negocios anual comprendido entre 25 y 350 millones de kz.
No obstante, hasta que entre en vigor la facturación electrónica obligatoria, todas las facturas relativas a operaciones por valor de 25 millones de kz o más deben emitirse por vía electrónica o en el Portal del Contribuyente.
Además de estos sujetos pasivos que deben cumplir los requisitos de facturación electrónica, otros sujetos pasivos pueden acogerse voluntariamente al sistema de facturación electrónica presentando una solicitud a la Administración General Tributaria de Angola.
Conclusión
Mientras que los mayores sujetos pasivos tienen seis meses para prepararse para la aplicación obligatoria de las normas y requisitos de facturación electrónica B2B y B2G, otros sujetos pasivos más pequeños tienen tiempo más que suficiente para prepararse para la transición y garantizar el cumplimiento de la normativa recién adoptada.
Fuente: Decreto Presidencial nº 71/25, Orden nº 1083/22 - Lista de Grandes Contribuyentes
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