Se amplía el plazo de facturación electrónica en la República Dominicana para las grandes y medianas empresas

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de la República Dominicana ha emitido una Notificación por la que amplía el plazo para que las grandes y medianas empresas cumplan con los requisitos obligatorios de facturación electrónica. Sin embargo, para beneficiarse de esta prórroga, las grandes y medianas empresas deben cumplir unas condiciones específicas.
Nuevo plazo y condiciones de aplicación
Según ha anunciado la Agencia Tributaria, el plazo de implantación de la facturación electrónica obligatoria se ha prorrogado seis meses. Por lo tanto, la nueva fecha límite de implementación es el 15 de noviembre de 2025, en lugar del 15 de mayo de 2025 definido anteriormente.
Sin embargo, la principal condición para beneficiarse de esta prórroga es que las grandes y medianas empresas ya hayan iniciado el proceso de implantación de la facturación electrónica en el momento de la expiración del plazo original. Esto significa que los sujetos pasivos incluidos en el ámbito de aplicación no necesitan solicitar la prórroga y que ésta se concede automáticamente.
Por consiguiente, las empresas que no actuaron de forma proactiva para cumplir sus obligaciones de facturación electrónica no pueden acogerse a una prórroga automática. No obstante, la Comunicación incluye información de contacto y especifica qué formulario de solicitud deben presentar las empresas que deseen solicitar una prórroga.
La Agencia Tributaria hizo hincapié en que, una vez expirado el plazo de prórroga de seis meses, las empresas sujetas a las normas y requisitos obligatorios de facturación electrónica que no completen el proceso de implantación se enfrentarán a las sanciones previstas en la Ley de Facturación Electrónica.
Conclusión
La ampliación del plazo proporciona a todas las empresas más tiempo para cumplir los requisitos y desarrollar sus sistemas en consecuencia. Además, el nuevo plazo de implantación debería ayudar a todas las grandes y medianas empresas a garantizar una implantación más fluida y a proporcionar toda la formación necesaria al personal.
Además, la prórroga puede considerarse una recompensa para quienes iniciaron el proceso de implantación a tiempo pero no cumplieron todos los requisitos. Teniendo en cuenta lo complejo que puede resultar para las grandes empresas llevar a cabo con éxito estas transiciones, el tiempo adicional debería utilizarse para revisar los planes de implantación y realizar los ajustes necesarios.
Fuente: EY

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