Arabia Saudí - Nuevos requisitos según el calendario de facturación electrónica

El impuesto sobre el valor añadido (IVA) es un tipo de impuesto relativamente nuevo en Arabia Saudí, introducido en 2018. En diciembre de 2021, Arabia Saudí introdujo un régimen de facturación electrónica con un plan de implantación dividido en dos fases. La fase uno, o Despliegue Inicial, se inició en diciembre de 2021, mientras que la implementación de la fase dos, conocida como fase de Integración, comenzó el 1 de enero de 2023.
Implantación de la facturación electrónica obligatoria
La primera fase, Initial Rollout, incluyó a todas las empresas registradas a efectos del IVA, con una exención para los contribuyentes no residentes. Esta fase introdujo la obligación para todos los contribuyentes de dejar de emitir facturas manuales, como facturas manuscritas y escritas, utilizando herramientas de edición de texto, y empezar a generar y almacenar facturas electrónicas y notas electrónicas, como notas de crédito y débito, para transacciones B2B, B2C y B2G, incluidas las exportaciones.
El establecimiento de la Autoridad Fiscal y Aduanera del Zakat (ZATCA) el 1 de enero de 2023 fue un paso crucial en la segunda fase de la implantación. Esta fase obliga a los contribuyentes a integrar sus sistemas con el sistema FATOORA de la Autoridad siguiendo las cláusulas establecidas en la Resolución sobre los Controles, Requisitos, Especificaciones Técnicas, Normas de Procedimiento y cualquier resolución posterior.
La fase de integración se realiza en varias fases, mientras que el plazo de implantación depende del grupo al que pertenezca el sujeto pasivo. La creación de los distintos grupos de contribuyentes, se basa en la facturación anual.
El 28 de junio de 2024, ZATCA anunció los criterios para el decimotercer grupo de contribuyentes obligados a cumplir con la segunda fase del sistema de facturación electrónica. Este grupo se refiere a los contribuyentes con ingresos sujetos a IVA superiores a 7 millones de SAR en 2022 o 2023.
Los contribuyentes que cumplan este criterio disponen de seis meses, hasta el 1 de enero de 2025, para preparar la integración de sus soluciones de facturación electrónica con la Plataforma FATOORA.
El nuevo sistema de facturación electrónica introduce dos tipos de facturas:
Facturas Fiscales para transacciones B2B,
Facturas Fiscales Simplificadas para transacciones B2C.
El número de registro de IVA del comprador es obligatorio para las Facturas Fiscales si el comprador es un contribuyente de IVA registrado, mientras que el código QR es opcional. Por el contrario, la generación de un código QR por la solución de facturación electrónica del contribuyente basada en las especificaciones de ZATCA es obligatoria para las facturas fiscales simplificadas.
Conclusión
La implementación de la Plataforma FATOORA y las normas de facturación electrónica forman parte del programa gubernamental VISIÓN 2030, que, entre otras cosas, pretende alcanzar el objetivo de una mayor diversificación económica.
Dado que cada grupo está incluido en la segunda fase del plan de implantación, las empresas deben asegurarse de que su sistema de facturación electrónica cumple los requisitos de integración con la Plataforma FATOORA y de que las facturas que emiten incluyen los elementos requeridos.

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