Croacia lanzará la facturación electrónica B2B obligatoria: implantación en 2026 y consulta pública

A principios de este año, el Viceprimer Ministro croata anunció el proyecto gubernamental Fiscalización 2.0, que incluye la implantación de la facturación electrónica obligatoria entre empresas (B2B), que se pondrá en marcha el próximo año.
Como parte del proceso para implementar la facturación electrónica obligatoria, el Ministerio de Finanzas abrió una consulta pública sobre las enmiendas propuestas a la Ley de Fiscalización de las Transacciones en Efectivo (Ley de Fiscalización).
Enmiendas propuestas a la Ley de Fiscalización
La Ley de Fiscalización fue adoptada en 2012, entrando en vigor el 1 de enero de 2013, y ha sido modificada varias veces desde entonces. Su aplicación supuso la introducción de la declaración en tiempo real de las transacciones pagadas en efectivo. Sin embargo, la fiscalización incluye solo una parte de los datos sobre los volúmenes de negocio realizados, principalmente para las transacciones B2C pagadas en efectivo o con tarjetas, que se tratan como efectivo desde la perspectiva de la fiscalización.
En 2019, Croacia introdujo normas y reglamentos para la emisión y el envío obligatorios de facturas en formato electrónico para las transacciones B2G como parte del proyecto Fiscalización 2.0. Ahora, se está llevando a cabo la segunda fase del proyecto, y la atención se centra en establecer normas y reglamentos para implementar la facturación electrónica B2B obligatoria y unificar los procedimientos fiscales para las transacciones B2C, B2G y B2B bajo una sola regulación.
Las modificaciones propuestas incluyen el calendario para la implantación de la facturación electrónica obligatoria. A partir del 1 de septiembre de 2025, los sujetos pasivos podrán probar los sistemas de intercambio y notificación de facturas electrónicas.
Las empresas registradas a efectos del IVA deberán empezar a intercambiar y notificar facturas electrónicas para operaciones B2B el 1 de enero de 2026. Los sujetos pasivos que emitan facturas B2C sobre consumo final también deberán informar de cada transacción, independientemente del método de pago.
El 1 de enero de 2026 también marca la fecha a partir de la cual las empresas no registradas en el IVA, como ciudades, municipios y condados, tendrán que aceptar las facturas electrónicas. Sin embargo, estas entidades tendrán hasta el 1 de enero de 2027 para implantar un sistema de emisión de facturas electrónicas.
Conclusión
Tal y como ha declarado el Ministerio de Hacienda, la implantación del sistema de facturación electrónica debería aportar numerosas ventajas en términos de ahorro de tiempo en la tramitación y envío de facturas, reduciendo las cargas administrativas para los sujetos pasivos y los órganos competentes de la Administración. Además, el Ministerio subrayó que se eliminarán más de diez formularios de declaración de la renta una vez establecido el sistema.
Además, el Ministerio estimó que los sujetos pasivos croatas ahorrarán más de 120 millones de euros gracias a la reducción de las cargas administrativas. No obstante, la aplicación de un nuevo marco reglamentario garantizará un mejor control de los sujetos pasivos.
Fuente: Consulta pública, IVAacerca de

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