Japón reformará la norma de minimis sobre bienes importados de escaso valor por motivos fiscales
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Tras la aplicación de las nuevas normas de tributación de los proveedores presuntos para las plataformas digitales, en vigor desde el 1 de abril de 2025, el Ministerio de Finanzas japonés anunció que está revisando la normativa vigente relativa al impuesto sobre el consumo de bienes importados de escaso valor.
Actualmente, esos bienes están exentos de impuestos en virtud de la norma de minimis. Sin embargo, debido a la creciente explotación de esta norma por parte de empresas chinas de comercio electrónico, como Temu y Shein, el MdF quiere proteger a las empresas nacionales y nivelar el terreno de juego.
Nuevas normas fiscales sobre bienes importados de poco valor
Según la normativa vigente, las mercancías importadas a Japón están sujetas al impuesto sobre el consumo, a menos que cumplan las condiciones de las normas de minimis. Por lo tanto, si el valor total en aduana de las mercancías importadas no supera los 10.000 yenes japoneses (unos 70 dólares estadounidenses), no se gravan con impuestos sobre el consumo, derechos de aduana ni aranceles.
Teniendo en cuenta que en 2024 se produjeron 169,66 millones de casos de mercancías importadas de bajo valor que entraban en el ámbito de aplicación de esta exención, por un total de 425.800 millones de yenes (aproximadamente 3.000 millones de dólares), lo que representa un aumento del 500% en los últimos cinco años, la norma de minimis está perjudicando a las plataformas y vendedores nacionales de comercio electrónico.
El MdF pretende resolver este desequilibrio en la competitividad entre las empresas de comercio electrónico nacionales y extranjeras, principalmente chinas, revisando las normas de minimis e introduciendo nuevas normas fiscales para los bienes importados de bajo valor. Dos posibles modelos podrían sustituir a la norma vigente.
El primer modelo implica la supresión de la norma de minimis, obligando a los vendedores extranjeros y a las plataformas digitales en línea a registrarse a efectos del impuesto sobre el consumo y a remitir directamente el impuesto sobre el consumo de los bienes importados de escaso valor. En los casos en que los vendedores no estén registrados, el impuesto de importación se recaudaría en la frontera, y el consumidor japonés sería responsable del pago.
El segundo modelo posible es introducir un umbral de registro para los vendedores extranjeros. Una vez superado el umbral de ventas anuales, los vendedores deben registrarse para el impuesto sobre el consumo, y las normas de minimis no se aplican a estos vendedores registrados. Los que estén por debajo del umbral podrían beneficiarse de las normas de exención actuales.
Conclusión
Tal y como anunció el Ministerio de Finanzas, los cambios en las normas de minimis forman parte de la reforma fiscal prevista para el próximo año. No obstante, el Gobierno japonés debe decidir primero el modelo que desea aplicar, así como si amplía el régimen de tributación de las plataformas para cubrir las ventas transfronterizas de bienes B2C.
Fuente: Asociación Internacional de Abogados, IVAsobre, Noticias de Japón

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