Argentina IVA 2025: Nuevas reglas para las plataformas digitales

La Administración Tributaria Argentina, comúnmente conocida como ARCA, ha aprobado la Resolución General 5794/2025, que revisa y actualiza el régimen especial de retención del IVA aplicable a las operaciones realizadas a través de plataformas digitales. La Resolución 2025 modifica la Resolución General 5319/2023, elevando los umbrales para los vendedores considerados que operan regularmente.
Cambios clave para las plataformas digitales
La recién aprobada Resolución se centra en redefinir cuándo se considera que los vendedores no registrados realizan actividades habituales o regulares, lo que conlleva su reclasificación como sujetos no categorizados a efectos del IVA. Bajo la normativa anterior, se consideraba que un vendedor no registrado operaba regularmente si realizaba al menos diez ventas mensuales con un total de ventas mensuales de ARS 200.000 (alrededor de USD 140).
Con las nuevas normas, en vigor desde el 1 de diciembre de 2025, un vendedor se considera habitual si realiza al menos diez ventas en un solo mes con un total de ventas de 750.000 ARS (unos 520 USD), o si realiza al menos cuatro ventas en cada mes de cuatro meses cualesquiera dentro del año natural, alcanzando de nuevo un total acumulado de 750.000 ARS.
En consecuencia, las plataformas digitales están obligadas a retener el IVA no sólo a los sujetos pasivos del IVA inscriptos y a los pequeños Monotributistas, que están sujetos a un régimen simplificado de alícuota fija para pequeños autónomos y microemprendedores, sino también a los vendedores no inscriptos que cumplan con estos criterios revisados y, por lo tanto, sean tratados como sujetos no categorizados.
En particular, la Resolución prevé una exención específica para la venta de bienes muebles usados no registrables por un valor de hasta ARS 1,5 millones (aproximadamente USD 1.050) pertenecientes al vendedor y destinados al uso o consumo personal, siempre que el vendedor presente una declaración jurada ante la plataforma digital. Sin embargo, esta declaración tiene un límite de uso de dos veces al año.
Conclusión
Considerando todos los aspectos de la Resolución, se ha confirmado una vez más el papel central de las plataformas digitales como intermediarios fiscales, lo que aumenta aún más la importancia de contar con procesos sólidos de supervisión, clasificación y documentación. Los vendedores en línea, especialmente los que realizan ventas ocasionales, disponen de un mayor margen de maniobra. No obstante, las nuevas normas envían una señal clara de que la actividad comercial sostenida no quedará fuera del IVA.
Fuente: Resolución General 5794/2025
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