Aunque se considera que Italia fue el primer país en implantar la fiscalización como parte de su estrategia de declaración del IVA, algunos datos indican que se originó en América Latina. Además, se considera que Chile fue el primer país en incorporar la facturación electrónica a su legislación nacional. Por tanto, los países latinoamericanos desempeñaron un papel esencial en el establecimiento de mecanismos de control y declaración del IVA.
Sin embargo, la rápida expansión de los servicios digitales, el comercio electrónico y otros modelos de negocio de la economía digital ha generado nuevos retos, que los países latinoamericanos están abordando con los cambios necesarios. Como el marco normativo varía de un país a otro, los proveedores digitales no residentes se enfrentan a numerosos obstáculos y problemas.
Este artículo ofrece una visión general de los marcos del IVA en varios países latinoamericanos, examina los retos de cumplimiento y propone estrategias para gestionar estas complejidades.
Marco del IVA para proveedores digitales no residentes
La regulación de los servicios digitales en América Latina comenzó a mediados de la década de 2010. Antes de que se introdujeran y aplicaran las primeras normas, los proveedores de servicios digitales no residentes operaban sin tener que cobrar, recaudar ni ingresar impuestos en la región, lo que provocó la pérdida de ingresos públicos.
Además de los perjuicios a los presupuestos públicos, los proveedores locales de servicios digitales se encontraban en desventaja frente a los proveedores digitales extranjeros. Como solución a este problema, los gobiernos de la región introdujeron un conjunto de normas y reglamentos diseñados y redactados para regular los servicios digitales y las reglas del IVA aplicables a los proveedores digitales no residentes.
Brasil
Como el país más digitalizado, más poblado y más grande de América Latina, Brasil no cuenta con normas que obliguen a los proveedores digitales no residentes a pagar impuestos por los servicios digitales que prestan a los consumidores brasileños. Aunque desde 2017 los municipios y desde 2018 los estados pueden aplicar impuestos locales y estatales sobre servicios, conocidos como ISS e ICMS, a determinados servicios digitales, esto no se impuso a los proveedores extranjeros.
Posteriormente, el Tribunal Supremo de Brasil declaró ineficaces los impuestos estatales ICMS en 2021. El tribunal añadió que solo el ISS debía aplicarse a las operaciones relativas a servicios digitales.
Por tanto, el gobierno brasileño no ha adoptado ni impuesto ninguna norma o requisito a los proveedores extranjeros de servicios digitales. Sin embargo, esto va a cambiar. En 2024, el gobierno brasileño propuso una reforma fiscal integral que reduciría los impuestos aplicables a las operaciones sujetas al IVA e implantaría un régimen de IVA dual.
Con la reforma fiscal propuesta, los proveedores digitales no residentes tendrán que recaudar e ingresar el IVA sobre las prestaciones B2B y B2C de servicios como publicidad, streaming de juegos, música, apps, películas, e-books, revistas electrónicas, software y servicios de internet.
México
México llevó a cabo una reforma fiscal en 2020, en virtud de la cual los proveedores digitales no residentes deben registrarse y recaudar el IVA a un tipo del 16% en todas las prestaciones B2B y B2C. Según la legislación de 2020, se consideran servicios digitales la descarga o el acceso a contenidos multimedia como imágenes, películas, música, juegos y noticias, las plataformas de intermediación que conectan a compradores y vendedores, los clubes en línea o los sitios de citas, y los servicios de enseñanza o evaluación a distancia.
Además, las plataformas de intermediación digital, como los marketplaces en línea, que facilitan ventas entre vendedores y consumidores mexicanos deben retener el impuesto sobre la renta y el IVA de las ventas subyacentes.
Las modificaciones de 2021 a estas normas reforzaron aún más las medidas de cumplimiento y simplificaron determinados requisitos para los sujetos pasivos extranjeros. Los proveedores de servicios digitales no residentes se registran en el régimen de registro simplificado en un plazo de treinta días desde la primera prestación de servicios digitales. Por otra parte, quienes no cumplen estas normas pueden ver sus servicios bloqueados temporalmente por los proveedores de acceso a internet a petición de la autoridad fiscal mexicana.
En 2024, la autoridad fiscal mexicana introdujo dos nuevos requisitos para los proveedores extranjeros de servicios digitales que planean registrarse a efectos del IVA. En sus documentos de constitución o estatutos, deben indicar de forma expresa que su objetivo es prestar servicios a través de una plataforma tecnológica en la que se venden o arriendan bienes. Además, su representante legal debe firmar una declaración jurada en la que se detallen los bienes o servicios vendidos, el sitio web de las operaciones y la dirección de la administración central del negocio.
Perú
Perú es uno de los países que durante mucho tiempo no reguló este ámbito. En agosto de 2024, el presidente de Perú firmó un decreto legislativo que estableció mecanismos para imponer a los proveedores digitales no residentes la obligación de recaudar e ingresar un IVA del 18% sobre las prestaciones B2B y B2C de servicios digitales y la importación de intangibles a través de internet.
Aunque en un principio estaba previsto que entrara en vigor el 1 de octubre de 2024, su aplicación se pospuso hasta el 1 de diciembre de 2024. Según las nuevas normas, los proveedores extranjeros de servicios digitales que operan en Perú deben presentar sus declaraciones de IVA a través de una plataforma de declaración y pago llamada SUNAT Virtual.
Además, en septiembre de 2024, el gobierno peruano anunció que se aplica un impuesto especial del 1% a los juegos a distancia y las apuestas deportivas ofrecidos a través de plataformas en línea desarrolladas por sujetos pasivos no residentes cuando los jugadores están en Perú.
Chile
Chile empezó a regular esta materia en 2020, exigiendo a los proveedores digitales no residentes registrarse, recaudar e ingresar un IVA del 19% sobre sus prestaciones B2C. Desde entonces, la legislación se ha modificado varias veces y, a partir de 2023, el IVA se aplica a todos los servicios digitales salvo que estén expresamente exentos.
En 2024, el gobierno chileno introdujo varios cambios en la legislación, estableciendo nuevas obligaciones de declaración y recaudación del IVA para los proveedores de servicios no residentes. Los proveedores digitales extranjeros deben registrarse a efectos del IVA en el régimen simplificado de IVA utilizando la Plataforma Digital de IVA del SII.
Argentina
En 2018, Argentina obligó a los intermediarios financieros, incluidos los emisores de tarjetas de crédito y débito, a añadir y retener un IVA del 21% cuando los consumidores argentinos compran servicios digitales a proveedores no residentes.
Sin embargo, en abril de 2023, las plataformas digitales pasaron a ser responsables de actuar como agentes de retención del IVA por la venta de productos y la prestación de servicios realizados por proveedores locales.
Según la legislación argentina, se consideran servicios digitales los prestados a consumidores argentinos o utilizados por ellos, o que producen efectos efectivos en Argentina. Estos servicios incluyen el hosting, el suministro de productos digitalizados como libros digitales, diseños, componentes, modelos, el almacenamiento de datos, el SaaS y otros servicios en la nube.
Tendencias regionales y desarrollos futuros
Los gobiernos de la región están dando pasos importantes para modernizar y simplificar los regímenes fiscales y de IVA, lo que incluye gravar los servicios digitales y captar ingresos de la creciente economía digital. Una de las tendencias más destacadas es la dependencia de intermediarios para recaudar el IVA.
Además, los gobiernos de la región quieren simplificar el registro mediante portales en línea desarrollados específicamente para ayudar a los proveedores digitales no residentes a cumplir con el registro y otros requisitos del IVA.
En cuanto a los desarrollos futuros, Brasil aún debe adoptar las leyes y reglamentos necesarios para aplicar una reforma fiscal a escala nacional que afectará de forma significativa a los proveedores de servicios no residentes. Se espera que otros países, como Argentina, sigan reformando sus regímenes fiscales nacionales, cambiando aún más las normas aplicables a los proveedores extranjeros de servicios digitales.
Retos de cumplimiento y estrategias
Los regímenes fiscales complejos y los cambios normativos frecuentes son algunos de los mayores retos para los proveedores de servicios no residentes en América Latina. Las barreras idiomáticas también pueden ser retos importantes, ya que pocos países de la región tienen sus normas y reglamentos traducidos al inglés y se requiere conocer los idiomas locales.
Para afrontar estos retos, los proveedores digitales pueden buscar socios o consultores con conocimiento local y utilizar software de cumplimiento fiscal que haya incorporado las reglas locales del IVA para el registro, el cálculo y la declaración.
Un paso fundamental en la estrategia de cumplimiento del IVA de cualquier proveedor digital extranjero es supervisar con regularidad las actualizaciones y los cambios normativos. Las empresas deberían plantearse establecer procesos internos para hacer seguimiento y adaptarse a los nuevos requisitos del IVA.
Conclusión
Las normas y reglas del IVA para los proveedores digitales no residentes varían de un país latinoamericano a otro, y cada legislación presenta retos y requisitos únicos. Sin embargo, al comprender las particularidades de cada jurisdicción y sus requisitos nacionales y adoptar medidas proactivas para crear una estrategia de cumplimiento, los proveedores digitales extranjeros pueden adaptarse con éxito a cualquier novedad y a un mercado en evolución, algo esencial para un crecimiento sostenible en la región.
Fuente: KMPG, VATabout - Brasil: nuevos impuestos indirectos para proveedores de servicios digitales desde 2026, VATabout - Reglas de IVA de Perú para servicios digitales no residentes: presentación y cumplimiento, VATabout - Proyecto de guía de IVA de Chile para vendedores a distancia y proveedores de servicios digitales, VATabout - Retención de IVA en México: nuevas reglas para plataformas digitales en 2024, VATabout - Chile - Reglas de IVA para proveedores de servicios digitales, VATabout - Cumplimiento del IVA en México para vendedores en línea y plataformas de comercio electrónico

