Costa Rica Actualización de las medidas de contingencia del IVA 2025

El 5 de diciembre de 2025, la Dirección General de Tributación (DGT) de Costa Rica publicó una Resolución titulada "Autoridad para Minimizar el Impacto Contable Potencial Causado por la Aplicación de la Medida de Contingencia", abordando los efectos contables y fiscales no deseados derivados de las medidas de contingencia temporales introducidas previamente.
Más concretamente, la Resolución sigue a la declaración de la DGT de octubre de 2025, que estableció normas de contingencia para los sujetos pasivos que declararon compras en septiembre pero no registraron ventas durante el mismo periodo.
Objetivo de la Resolución
Las medidas establecidas anteriormente tenían por objeto señalar o controlar las incoherencias en la declaración del IVA. Sin embargo, en la práctica, corrían el riesgo de generar distorsiones en los registros contables, como saldos fiscales artificiales o desajustes entre las posiciones fiscales de IVA soportado y repercutido. El DTG reconoció estos problemas y, en su Resolución de diciembre, otorgó formalmente la facultad de mitigar o ajustar el impacto contable de la aplicación de esas medidas de contingencia.
El DTG reconoce que la aplicación automática de los controles de octubre podría producir efectos que no reflejen la actividad económica real del sujeto pasivo. Por ello, con la aplicación de las nuevas medidas, la autoridad permite la adopción de medidas correctoras para evitar resultados desproporcionados o técnicamente incorrectos. El objetivo principal no es crear un beneficio fiscal, sino corregir los efectos técnicos generados por una solución temporal de cumplimiento.
En términos prácticos, los sujetos pasivos que en el período de IVA septiembre 2025 no tuvieron ventas gravadas pero sí realizaron compras gravadas y por lo tanto aplicaron la medida de contingencia declarando un Colón Costarricense (CRC) de ventas gravadas en el Formulario 150, están expresamente autorizados para corregir dicha declaración en períodos posteriores.
Conclusión
La Resolución funciona como una salvaguarda, con el objetivo de preservar la neutralidad del sistema tributario y evitar que mecanismos de cumplimiento temporal generen distorsiones contables o fiscales duraderas para los sujetos pasivos afectados. Más concretamente, la Resolución de diciembre garantiza que la medida de declaración temporal no afecte de forma permanente a las cifras de ventas ni distorsione la situación contable y en materia de IVA de los sujetos pasivos.
Fuente: KPMG
Información destacada
Cambios en el IVA y el impuesto digital de Zimbabue en 2026
🕝 January 19, 2026
La respuesta fiscal africana a Fintech y Web3
🕝 January 5, 2026
Mandato de facturación electrónica de Angola: la implantación gradual continúa hasta 2026
🕝 December 10, 2025
Deducción del IVA y sucesión empresarial: ¿Cuándo sirven los costes de asesoramiento a los intereses de la empresa?
🕝 December 8, 2025Más noticias de Costa Rica
Reciba actualizaciones y novedades en tiempo real de todo el mundo, para mantenerse informado y preparado.
-e9lcpxl5nq.webp)
