Normativa sobre el IVA en Togo para los servicios digitales prestados por no residentes
Resumen
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Togo se ha sumado recientemente al creciente número de jurisdicciones africanas que amplían el ámbito de aplicación del IVA a los servicios digitales prestados por empresas no residentes. La nueva normativa, introducida en virtud de la Ley de Presupuestos de 2026 y las posteriores directrices ministeriales, exige a los proveedores extranjeros y a las plataformas digitales que apliquen el IVA togolés al prestar servicios electrónicos a clientes ubicados en Togo.
Las normas revisten especial importancia para las plataformas de streaming, los mercados online, las tiendas de aplicaciones, los proveedores de software, las empresas de computación en la nube, las plataformas publicitarias y otras empresas que prestan servicios a distancia en Togo. El nuevo régimen refleja una tendencia internacional más amplia hacia la tributación del consumo digital en el país donde se encuentra el cliente, en lugar de donde está establecido el proveedor.
En este artículo, analizaremos el marco jurídico, el alcance de los servicios sujetos a tributación, las obligaciones de registro y cumplimiento, y las cuestiones prácticas que deben tener en cuenta las empresas no residentes.
Marco jurídico y ámbito de aplicación
Togo introdujo obligaciones en materia de IVA para los proveedores de servicios digitales no residentes mediante la Ley n.º 2025-002, comúnmente conocida como la Ley de Finanzas de 2026. La ley entró en vigor el 1 de enero de 2026, mientras que las medidas de aplicación detalladas se publicaron posteriormente mediante la Orden Ministerial n.º 031/MFB/CAB/UPF, con efecto a partir del 19 de febrero de 2026.
El nuevo régimen se aplica a los servicios electrónicos o digitales prestados por empresas establecidas fuera de Togo a clientes ubicados en Togo. Las normas se basan en el principio de destino, lo que significa que el IVA se devenga en el lugar donde el cliente consume el servicio.
El tipo normal del IVA en Togo es del 18 %, y este mismo tipo se aplica a los servicios digitales prestados por no residentes. Entre los ejemplos de servicios que probablemente entren en el ámbito de aplicación de las nuevas normas se incluyen:
Servicios de streaming de música, películas y televisión
Juegos en línea y contenidos descargables
Aplicaciones móviles y compras en tiendas de aplicaciones
Computación en la nube y software como servicio (SaaS)
Servicios de publicidad en línea
Plataformas digitales por suscripción
Libros electrónicos, cursos en línea y otras publicaciones digitales
Mercados en línea que facilitan la venta de bienes o servicios
Las normas parecen aplicarse principalmente a las transacciones entre empresas y consumidores (B2C). Sin embargo, la orientación sigue siendo limitada y aún no distingue claramente entre transacciones B2B y B2C ni explica si puede aplicarse un mecanismo de inversión del sujeto pasivo a los clientes empresariales togoleses.
Responsabilidad de las plataformas y normas sobre el proveedor presunto
Uno de los aspectos más significativos del régimen togolés es el papel central que se otorga a las plataformas digitales.
Cuando una plataforma digital o un mercado en línea facilita la prestación de servicios digitales por parte de un vendedor extranjero a un cliente en Togo, la plataforma puede ser considerada la persona responsable de recaudar y remitir el IVA. En la práctica, esto significa que los mercados en línea, las tiendas de aplicaciones, los intermediarios de pago y plataformas similares pueden estar obligados a declarar el IVA en lugar del proveedor subyacente.
Este enfoque basado en las plataformas sigue el modelo de «proveedor presunto» que se utiliza cada vez más en otros países africanos, como Kenia, Tanzania y Ghana. Según este modelo:
La plataforma cobra un IVA del 18 % al cliente
La plataforma declara y ingresa el IVA a las autoridades fiscales togolesas
Es posible que el proveedor subyacente ya no tenga que declarar el IVA por separado para esas transacciones
La guía ministerial también exige a las plataformas que declaren los ingresos anuales generados por los usuarios ubicados en Togo. El incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a sanciones equivalentes al 10 % del valor de la transacción no declarada.
Por lo tanto, para las empresas multinacionales que utilizan mercados o tiendas de aplicaciones de terceros, es importante determinar qué parte asume la responsabilidad del IVA.
Determinar si un cliente está ubicado en Togo
Las nuevas normas se basan en la ubicación del cliente para determinar si se aplica el IVA togolés. Aunque Togo aún no ha publicado directrices detalladas sobre el lugar de prestación, los proveedores extranjeros generalmente deberán recabar pruebas que demuestren que el cliente está ubicado en Togo. Es probable que los siguientes indicadores sean relevantes:
La dirección de facturación o de residencia del cliente
El código de país de la tarjeta SIM utilizada
La ubicación de la cuenta bancaria o la tarjeta de crédito
La dirección IP o la geolocalización del dispositivo
El país seleccionado en el perfil de la cuenta del cliente
Cuando dos o más indicios apunten a que el cliente se encuentra en Togo, el proveedor deberá, por regla general, considerar que la operación está sujeta al IVA togolés. Este enfoque es coherente con los principios aplicados en muchas otras jurisdicciones y con las directrices de la OCDE sobre la tributación de los servicios digitales transfronterizos, leídas conjuntamente con el Kit de herramientas digitales sobre el IVA para África.
Obligaciones de registro y cumplimiento
Las normas de aplicación aún no establecen un proceso de registro detallado para los proveedores extranjeros. Sin embargo, la legislación sugiere que las empresas no residentes que realicen prestaciones digitales sujetas a impuestos en Togo deberán registrarse ante las autoridades fiscales togolesas. En la actualidad, no existe un umbral de registro confirmado públicamente. Esto sugiere que la obligación podría aplicarse a partir de la primera venta sujeta a impuestos en Togo. Por lo tanto, los proveedores y plataformas no residentes deben prever:
Registrarse a efectos del IVA togolés
Aplicar un IVA del 18 % a las prestaciones sujetas a impuestos
Presentar declaraciones periódicas del IVA
Ingresar el IVA en la moneda y el formato requeridos
Mantener registros de las transacciones que demuestren la ubicación de los clientes
Conservar la documentación justificativa para fines de auditoría
Las normas no indican actualmente si es necesario designar a un representante fiscal. A diferencia de algunos países africanos francófonos, Togo aún no ha exigido expresamente un representante local para los proveedores no residentes.
Facturación electrónica y presentación de informes digitales
El nuevo régimen de servicios digitales se ha introducido junto con reformas más amplias del sistema del IVA togolés.
La Ley de Finanzas de 2026 también introduce la facturación electrónica certificada para las empresas registradas a efectos del IVA. Aunque el marco técnico detallado aún se encuentra en fase de desarrollo, el paso a la facturación electrónica sugiere que Togo tiene la intención de implementar un sistema de cumplimiento del IVA más basado en datos y en tiempo real. Para los proveedores digitales no residentes, esto podría significar, en última instancia:
La emisión obligatoria de facturas electrónicas en un formato prescrito
Notificación de las transacciones en tiempo real o casi real
Integración con un futuro portal fiscal en línea
Requisitos adicionales de mantenimiento de registros y presentación de informes
A las empresas que ya cumplen con los sistemas de facturación electrónica en países como Kenia, Tanzania o Senegal les resultará más fácil adaptarse una vez que Togo publique las especificaciones técnicas.
Retos prácticos para las empresas no residentes
Aunque el nuevo régimen ya está en vigor, siguen sin resolverse varias cuestiones prácticas importantes.
Orientación administrativa limitada
Las autoridades togolesas aún no han publicado orientaciones detalladas sobre:
El portal de registro del IVA
Los plazos de presentación
El formato de la declaración del IVA
Los procedimientos de pago para las empresas extranjeras
Si las transacciones B2B están excluidas o sujetas a la inversión del sujeto pasivo
Cómo se aplican las normas de la plataforma en cadenas de suministro complejas
Hasta que se publiquen más aclaraciones, muchas empresas no residentes pueden enfrentarse a una situación de incertidumbre en cuanto a sus obligaciones exactas de cumplimiento.
Preparación del sistema
La infraestructura tecnológica necesaria parece estar aún en fase de desarrollo. Como consecuencia, las empresas pueden sufrir retrasos en el registro o dificultades prácticas a la hora de presentar las declaraciones del IVA. No obstante, los proveedores extranjeros deberían empezar a preparar sus sistemas internos desde ya mediante:
Identificar a los clientes ubicados en Togo
Actualizar los sistemas de precios y facturación para incluir el IVA del 18 %
Revisar los contratos con plataformas digitales e intermediarios
Determinar si el proveedor o la plataforma es responsable del IVA
Estar atentos a nuevas directrices de la administración tributaria togolesa
Conclusión
El nuevo régimen del IVA de Togo para los servicios digitales prestados por no residentes supone una importante ampliación del sistema de impuestos indirectos del país a la economía digital. Las normas hacen especial hincapié en la responsabilidad de las plataformas y la ubicación del cliente, lo que alinea a Togo con las tendencias generales africanas e internacionales. Sin embargo, el régimen sigue siendo incompleto en varios aspectos, especialmente en lo que respecta a los procedimientos de registro, los requisitos de presentación de declaraciones y el tratamiento de las transacciones B2B.
Togo también está introduciendo la facturación electrónica certificada obligatoria para las empresas registradas a efectos del IVA. Aunque los detalles del modelo de liquidación o de presentación de informes siguen siendo limitados, la inclusión de la facturación electrónica sugiere que se está construyendo una arquitectura de cumplimiento digital más amplia en paralelo con el régimen de servicios digitales.
Los proveedores no residentes no deben esperar a que se ofrezcan más aclaraciones antes de actuar. Las empresas internacionales con clientes en Togo deben revisar sus suministros digitales, actualizar sus sistemas internos y prepararse para el registro y la declaración del IVA a medida que se disponga de orientación adicional.
Fuente: Ley n.º 2025-002, Kit de herramientas digitales sobre el IVA para África
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