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Americas · Clearance (validación SIAT)
Last updated October 15, 2026
La facturación en línea se ha implantado por grupo de contribuyentes desde diciembre de 2021 (RND 102100000012/013), con el octavo grupo designado mediante la RND 102400000003 en enero de 2024. Los últimos grupos designados – del 9 al 12 – vieron su transición prorrogada hasta el 30 sep 2026 mediante la RND 102600000007 y debían emitir únicamente en línea desde el 1 oct 2026, pero la RND 102600000038, de 30 de septiembre de 2026, abrogó las cuatro resoluciones de 2024 que los designaban, por lo que ese plazo fijo ya no rige. Por separado, la RND 102600000034 obliga a los contribuyentes que utilicen su propio software de facturación o el de un proveedor a completar las pruebas piloto y solicitar la autorización entre el 1 oct y el 16 nov 2026.
Live now
Se aplica a
B2B, B2C, B2G
November 16, 2026
Próximo plazo de fase
Piloto y autorización hasta 16 nov 2026
Dos preguntas. La regla del establecimiento permanente es donde la mayoría de las empresas extranjeras se equivocan.
¿Aproximadamente qué tamaño tiene el negocio?
¿Tu negocio está establecido en Bolivia – una empresa, sucursal o establecimiento permanente allí?
Fuera del alcance en Bolivia
Sin establecimiento y sin NIT, el sistema de facturación de Bolivia no te alcanza – las ventas hacia el país se gestionan mediante documentación de importación del lado del comprador. Vuelve a revisarlo si te estableces localmente.
Registrado en NIT – tu designación de grupo decide
Por regla general, Bolivia no ofrece un registro de no residentes sin presencia local – si tienes un NIT, eres contribuyente boliviano y las designaciones de grupo te aplican como a cualquiera. Verifica con el SIN qué RND te nombra y cuál es tu modalidad asignada antes de dar por hecho que quedas fuera del sistema.
Dentro del alcance – se retiró tu plazo de los grupos 9–12
Los contribuyentes más pequeños fueron designados en los grupos 9–12 por las RND 102400000004, -05, -12 y -25, con una ventana de transición hasta el 30 sep 2026 y emisión exclusivamente en línea desde el 1 oct 2026. Esas cuatro resoluciones fueron abrogadas por la RND 102600000038, de 30 de septiembre de 2026, por lo que ese plazo fijo ya no rige. Información reportada pero aún no verificada con el texto de la resolución: el SIN asignará en su lugar una modalidad de forma individual a los sujetos pasivos del IVA que no la hubieran implementado. Considera la facturación en línea como diferida, no cancelada – verifica tu designación y tu modalidad asignada en el portal SIAT, y ten en cuenta que el Portal Web en Línea gratuito del SIN cubre a los emisores de bajo volumen.
Dentro del alcance – casi con certeza estás en un grupo anterior
Los contribuyentes más grandes fueron designados en los grupos 1–8 entre diciembre de 2021 y enero de 2024, por lo que la facturación en línea a través de tu modalidad SIAT asignada ya debería ser rutinaria. Verifica qué RND te designó y que cada sucursal y sistema emita a través de ella. Tu propia obligación no se ve afectada por el retiro de los plazos de los grupos 9–12 el 30 de septiembre de 2026.
Una sola fecha oculta todo el despliegue. Esta es la secuencia completa.
1 de diciembre de 2021
Grupo 1 – mayores contribuyentes
La facturación en línea comenzó con la RND 102100000012/013 en el marco del Sistema de Facturación (RND 102100000011).
Done
2022 – 2024
Grupos 2–8
Sucesivas RND trasladaron a los grupos intermedios de contribuyentes a las modalidades en línea – el séptimo mediante la RND 102400000002 y el octavo mediante la RND 102400000003, ambos designados en enero de 2024. Ninguna de las dos figuraba entre las resoluciones abrogadas en septiembre de 2026, por lo que estos grupos siguen obligados.
Done
30 de septiembre de 2026
Plazos de los grupos 9–12 retirados
La RND 102600000038, emitida y publicada el 30 de septiembre de 2026, abrogó las RND 102400000004, 102400000005, 102400000012 y 102400000025 – las cuatro resoluciones que habían designado a los grupos noveno a duodécimo de contribuyentes. Esos grupos debían emitir documentos fiscales únicamente a través de su modalidad en línea asignada desde el 1 de octubre de 2026 en virtud de la RND 102600000007, por lo que ese plazo fijo ya no rige. Información reportada pero aún no verificada con el texto de la resolución: el SIN asignará en su lugar una modalidad de forma individual a los sujetos pasivos del IVA que no la hubieran implementado.
Done
Las normas, el ámbito y las fechas que definen el mandato, de un vistazo.
Ámbito de operaciones
B2B, B2C, B2G
Modelo
Clearance (validación SIAT)
Formatos
XML nacional vía SIAT (tres modalidades en línea)
Región
Americas
ESTADO
Live now
Ámbito
Los sujetos pasivos fueron pasando a la facturación en línea grupo por grupo, mediante resolución del SIN, hasta que la RND 102600000038, de 30 de septiembre de 2026, abrogó las cuatro resoluciones de 2024 que habían designado a los grupos noveno a duodécimo. Cada contribuyente designado emite a través de una modalidad asignada – Electrónico en Línea, Computarizado en Línea o Portal Web en Línea – con XML validado contra los esquemas del SIN, un código CUFD diario y un QR en la copia impresa. Información reportada pero aún no verificada con el texto de la resolución: el SIN asignará en su lugar una modalidad de forma individual a los sujetos pasivos del IVA que no la hubieran implementado.
Sanciones generales del Código Tributario – las RND que fijaban los plazos de cada grupo no contemplaban su propia escala de sanciones, y las cuatro que designaron a los grupos 9 a 12 fueron abrogadas el 30 de septiembre de 2026. Los contribuyentes ya designados en los grupos 1 a 8 siguen obligados a emitir exclusivamente a través de su modalidad en línea asignada.
Fuentes oficiales consultadas el 21 de septiembre de 2026; RND 102600000038 añadida el 15 de octubre de 2026:
¿Qué es el mandato de facturación electrónica en este país?
La facturación en línea se ha implantado por grupo de contribuyentes desde diciembre de 2021 (RND 102100000012/013), con el octavo grupo designado mediante la RND 102400000003 en enero de 2024. Los últimos grupos designados – del 9 al 12 – vieron su transición prorrogada hasta el 30 sep 2026 mediante la RND 102600000007 y debían emitir únicamente en línea desde el 1 oct 2026, pero la RND 102600000038, de 30 de septiembre de 2026, abrogó las cuatro resoluciones de 2024 que los designaban, por lo que ese plazo fijo ya no rige. Por separado, la RND 102600000034 obliga a los contribuyentes que utilicen su propio software de facturación o el de un proveedor a completar las pruebas piloto y solicitar la autorización entre el 1 oct y el 16 nov 2026.
¿Cuándo pasa a ser obligatoria la facturación electrónica en este país?
Status: Live now. Next key date: Piloto y autorización hasta 16 nov 2026 (November 16, 2026).
¿Quién debe cumplir con la facturación electrónica en este país?
Los sujetos pasivos fueron pasando a la facturación en línea grupo por grupo, mediante resolución del SIN, hasta que la RND 102600000038, de 30 de septiembre de 2026, abrogó las cuatro resoluciones de 2024 que habían designado a los grupos noveno a duodécimo. Cada contribuyente designado emite a través de una modalidad asignada – Electrónico en Línea, Computarizado en Línea o Portal Web en Línea – con XML validado contra los esquemas del SIN, un código CUFD diario y un QR en la copia impresa. Información reportada pero aún no verificada con el texto de la resolución: el SIN asignará en su lugar una modalidad de forma individual a los sujetos pasivos del IVA que no la hubieran implementado.
¿Qué formato de factura electrónica se exige en este país?
XML nacional vía SIAT (tres modalidades en línea). Model: Clearance (validación SIAT).
¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento en este país?
Sanciones generales del Código Tributario – las RND que fijaban los plazos de cada grupo no contemplaban su propia escala de sanciones, y las cuatro que designaron a los grupos 9 a 12 fueron abrogadas el 30 de septiembre de 2026. Los contribuyentes ya designados en los grupos 1 a 8 siguen obligados a emitir exclusivamente a través de su modalidad en línea asignada.
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