Islandia lleva mucho tiempo mostrándose receptiva a las nuevas tecnologías, con una de las tasas más altas de acceso y uso de internet de Europa. Los datos de Eurostat mostraron que los hogares islandeses se encontraban entre los más conectados de Europa, mientras que el World Economic Forum también otorgó al país una alta valoración por su capacidad para adoptar y utilizar nuevas tecnologías.

El crecimiento de la economía digital y la digitalización de la Administración fueron seguidos de la introducción de normas y requisitos de IVA para los servicios digitales. A raíz de los cambios en la normativa de IVA, Islandia introdujo un mecanismo de registro simplificado conocido como VAT on Electronic Services, o VOES (IVA sobre servicios electrónicos), específicamente para empresas extranjeras que prestan determinados servicios a clientes en Islandia.

Normas de IVA de Islandia para los servicios digitales

El sistema de IVA de Islandia se rige principalmente por la Value Added Tax Act (Ley del IVA), que establece que los servicios prestados por vía electrónica o servicios digitales se consideran prestados en el lugar donde el comprador reside o está establecido. Este enfoque basado en el destino es especialmente importante para las empresas digitales extranjeras, porque la ubicación del cliente puede determinar si se aplica el IVA islandés.

La Icelandic Revenue and Customs (IRC) identifica como servicios digitales aquellos como las descargas o el streaming de software, las aplicaciones para smartphone, los e-books, los juegos electrónicos, la música, las películas y los programas de televisión. Así, las normas abarcan muchos modelos de negocio digitales habituales, aunque el tratamiento preciso del IVA depende de la naturaleza de la entrega y de la condición del cliente.

Se establece una distinción importante entre las entregas B2C y B2B. Según las normas de VOES, el régimen simplificado está diseñado principalmente para empresas extranjeras que prestan servicios digitales y otros servicios específicos a consumidores locales. Si un cliente empresarial islandés está registrado a efectos de IVA y puede contabilizar el IVA como IVA soportado, el proveedor extranjero no suele tener que registrarse en VOES.

Registro de IVA y otros requisitos de cumplimiento para no residentes

Los proveedores de servicios digitales no residentes que realizan entregas B2C en Islandia deben registrarse a través de VOES y declarar el IVA islandés cuando el valor de esas ventas supera los 2 millones de ISK (unos 14,500 EUR) en doce meses.

Cabe destacar que el régimen simplificado VOES solo está disponible cuando la empresa extranjera no tiene en Islandia un establecimiento permanente que realice las ventas correspondientes. Si un establecimiento permanente islandés interviene en la entrega de los bienes o servicios, no puede utilizarse el registro simplificado. Una vez registrados, los proveedores extranjeros de servicios digitales deben aplicar un tipo general de IVA del 24% a la mayoría de sus entregas en Islandia. La excepción es la entrega de e-books y publicaciones electrónicas, que está sujeta a un tipo reducido de IVA del 11%.

Las empresas registradas en VOES deben presentar declaraciones de IVA cada dos meses. La declaración y el pago del IVA vencen un mes y cinco días después del final de cada periodo de declaración. VOES es un registro de IVA solo de pago, lo que significa que los proveedores extranjeros recaudan e ingresan el IVA islandés, pero no pueden deducir el IVA soportado a través del régimen VOES. Las declaraciones deben presentarse en coronas islandesas (ISK), y los importes en moneda extranjera se convierten utilizando el tipo de cambio aplicable en la fecha de presentación.

Todos los sujetos pasivos, incluidos los proveedores extranjeros que realizan actividades sujetas en Islandia, deben llevar los registros contables adecuados de sus actividades empresariales islandesas. Los registros contables y fiscales deben organizarse de modo que la IRC islandesa pueda verificar en cualquier momento la información declarada en las declaraciones de IVA, y los registros de IVA deben permanecer accesibles para las autoridades.

Sanciones por incumplimiento

En Islandia, las declaraciones de IVA deben presentarse por vía electrónica, incluso cuando no se hayan realizado ventas durante el periodo de IVA correspondiente. La IRC suele enviar un recordatorio por correo electrónico unos días antes del plazo de presentación. Si una empresa no presenta su declaración de IVA a tiempo, la IRC puede estimar las ventas y el IVA repercutido de la empresa en lugar de basarse en una declaración real. Si la declaración se presenta después de que la IRC haya emitido una estimación, se aplica un recargo adicional de 5,000 ISK (unos 36.5 EUR).

El pago fuera de plazo del IVA islandés conlleva una sanción del 1% por cada día de retraso, hasta un máximo del 10%. No existe una sanción mínima, y la IRC puede condonar la sanción si el sujeto pasivo puede demostrar motivos suficientes para el retraso en el pago. Si el IVA pendiente permanece impagado durante más de un mes después de la fecha de vencimiento original, se aplican intereses de demora adicionales. El tipo de interés lo fija el Banco Central de Islandia.

Principales conclusiones de cumplimiento para empresas digitales no residentes

Las obligaciones comienzan una vez superado el umbral, por lo que los proveedores extranjeros deberían vigilar su volumen de negocio B2C en Islandia. Dado que se aplica el principio de destino, los proveedores digitales deben ser capaces de distinguir a los clientes islandeses de los clientes situados en otras jurisdicciones y conservar la información adecuada que respalde su determinación de la ubicación del cliente.

La clasificación de los clientes es otra tarea importante. Un proveedor extranjero que trate a todos los clientes islandeses como clientes B2C podría aplicar incorrectamente VOES a operaciones con empresas islandesas registradas a efectos de IVA. A la inversa, tratar a los clientes como empresas sin pruebas suficientes de su condición de sujeto pasivo podría dar lugar a problemas de cumplimiento del IVA.

Los proveedores extranjeros también deberían distinguir entre el régimen simplificado VOES y el registro ordinario de IVA en Islandia. La existencia de un régimen simplificado para determinados servicios digitales no significa que toda empresa extranjera que preste servicios en Islandia pueda utilizar VOES. Hay que tener en cuenta la naturaleza de los servicios, la condición del cliente y la presencia en Islandia.

Por último, los proveedores deberían mantener sus sistemas de IVA alineados con los periodos de presentación y los plazos de pago islandeses. El mero registro no cumple la obligación: el IVA debe calcularse, declararse y pagarse correctamente dentro de los plazos establecidos.