Retención del IVA en México: Nuevas reglas para plataformas digitales en 2024
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El gobierno mexicano actualiza y añade constantemente nuevos requisitos y obligaciones a las plataformas digitales. Tras ampliar en julio los requisitos para los prestadores de servicios digitales extranjeros que quieran registrarse por primera vez, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó en octubre nuevos requisitos para las plataformas digitales.
A principios de octubre, el SAT presentó la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, introduciendo requisitos de retención de IVA.
El impacto de los nuevos requisitos
El nuevo requisito de retención de IVA introducido por el SAT requiere que las plataformas digitales que facilitan las ventas de bienes entre no residentes no establecidos en México y residentes mexicanos retengan el 100% del IVA de la transacción facilitada.
Los requisitos de retención de IVA aplican cuando las plataformas digitales cobran el pago y el IVA de dichas transacciones en nombre del vendedor y transfieren este monto al banco o cuentas fuera de México.
Para cumplir con esta obligación, la plataforma digital debe obtener las declaraciones de los vendedores sobre sus cuentas bancarias en el extranjero y su consentimiento para que la plataforma digital retenga el IVA. Las plataformas digitales pueden definir cómo obtendrán estas declaraciones libremente a través de sus sitios web, aplicaciones, correo electrónico u otros medios.
La fecha límite de pago del IVA retenido es el día 17 del mes siguiente al cobro del IVA. El IVA adeudado se ingresa a través de la Declaración de ingreso de retenciones de IVA por utilización de plataformas tecnológicas.
Una obligación adicional impuesta a las plataformas digitales es expedir un comprobante fiscal digital o CFDI al vendedor que incluya información sobre el IVA retenido y otros datos del pago. El CFDI debe emitirse dentro de los cinco días del mes siguiente al que se retuvo el IVA.
Conclusión
Los requisitos presentados para las plataformas digitales podrían ser más precisos, ya que deben especificar si los bienes deben localizarse en México o en el extranjero al momento de realizar la venta. Sin embargo, se podría concluir que se imponen a los enajenantes extranjeros, ya sean empresas o personas físicas, que vendan bienes a través de plataformas digitales.
Además, no queda claro si la obligación de retener el IVA sólo aplica si el vendedor extranjero proporciona las declaraciones necesarias. Además, sigue sin estar claro qué ocurre si el vendedor no facilita esas declaraciones y qué deben hacer las plataformas digitales en ese caso.
Por lo tanto, si estas lagunas crean problemas para todas las partes involucradas, el SAT podría proporcionar más aclaraciones y orientaciones.
Fuente: KPMG, VATabout - México: Nuevos requisitos para proveedores extranjeros de servicios digitales

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