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Luxemburgo e-invoicing

EU · Peppol (B2G); red de entrega común para B2B, por designar (borrador)

Last updated September 23, 2026

La facturación electrónica en la contratación pública ya es obligatoria. Un proyecto de ley añadiría un mandato B2B nacional a través de Peppol, con implantación por fases desde enero de 2028 (recepción) hasta 2029 (emisión completa), alineado con ViDA. El calendario es una propuesta y está sujeto a cambios hasta su aprobación.

Planning

Se aplica a

B2G, B2B

January 1, 2028

Próximo plazo de fase

B2B por fases desde ene 2028 (borrador)

¿Me aplica?

Dos preguntas. La regla del establecimiento permanente es donde la mayoría de las empresas extranjeras se equivocan.

¿Está tu empresa establecida en Luxemburgo (domicilio social, sucursal o establecimiento permanente)?

¿Realizas entregas B2B intracomunitarias que impliquen a Luxemburgo?

Luxemburgo: probablemente fuera del mandato de emisión — atención a la notificación electrónica / operaciones transfronterizas

Estar registrado a efectos de IVA u operar sin un establecimiento permanente suele dejarte fuera de la obligación de emisión de Luxemburgo, pero aún podrías estar sujeto a notificación electrónica o tener que recibir facturas electrónicas estructuradas. Confirma tu situación de establecimiento.

Fuera del ámbito de aplicación en Luxemburgo

Sin establecimiento y sin registro ni actividad comercial en Luxemburgo, el mandato no te resulta aplicable hoy. Revísalo si abres una sucursal o almacén o empiezas a realizar entregas en Luxemburgo.

Luxemburgo: aún sin mandato nacional — ViDA se aplica desde julio de 2030

Luxemburgo aún no ha adoptado un mandato B2B nacional, pero el proyecto de ley PL 8815 propone la recepción desde el 1 de enero de 2028 y la emisión desde mediados de 2028/2029, y ViDA hace obligatorias la facturación electrónica estructurada y la notificación digital para el B2B intracomunitario desde el 1 de julio de 2030. Desarrolla ya la capacidad EN 16931 / Peppol.

Hoy no se aplica ningún mandato de facturación electrónica en Luxemburgo

En la actualidad no se aplica ningún mandato de facturación electrónica B2B nacional en Luxemburgo, pero la facturación electrónica B2G es obligatoria desde 2022–23. Mantente atento al proyecto de ley 8815 (una implantación B2B por fases prevista para 2028–29) y a la fecha de ViDA de 2030.

Fases y a quién afectan y cuándo

Una sola fecha oculta todo el despliegue. Esta es la secuencia completa.

18 de mayo de 2022

B2G – grandes empresas (medianas 18 oct 2022, pequeñas 18 mar 2023)

La facturación electrónica B2G a través de Peppol pasó a ser obligatoria para las grandes empresas el 18 de mayo de 2022, para las medianas el 18 de octubre de 2022 y para las pequeñas o de nueva creación el 18 de marzo de 2023 (Ley de 16 de mayo de 2019, modificada el 13 de diciembre de 2021).

Done

1 de enero de 2028

Todas las empresas deben recibir

Todas las empresas deben poder recibir facturas electrónicas B2B nacionales a través de Peppol. Fecha propuesta en un proyecto de ley y sujeta a cambios hasta la aprobación de la norma.

Next

1 de julio de 2028

Las grandes y medianas empresas deben emitir

Las grandes y medianas empresas deben emitir facturas electrónicas en las operaciones B2B nacionales pertinentes. Fecha propuesta en un proyecto de ley y sujeta a cambios hasta la aprobación de la norma.

Future

1 de enero de 2029

Todas las demás empresas deben emitir

La obligación de emisión se extiende a todas las demás empresas, incluidas las de menor tamaño, completando la implantación. Fecha propuesta en un proyecto de ley y sujeta a cambios hasta la aprobación de la norma.

Future

1 de julio de 2030

ViDA — B2B intracomunitario

La facturación electrónica estructurada y la notificación digital pasan a ser obligatorias para las operaciones B2B intracomunitarias en virtud de ViDA.

Future

Los datos técnicos

Las normas, el ámbito y las fechas que definen el mandato, de un vistazo.

Ámbito de operaciones

B2G, B2B

Modelo

Peppol (B2G); red de entrega común para B2B, por designar (borrador)

Formatos

EN 16931 (UBL 2.1 / CII); Peppol BIS 3.0 (B2G)

Región

EU

ESTADO

Planning

Ámbito

La facturación electrónica B2G es obligatoria para los proveedores del sector público mediante formatos EN 16931. Un proyecto de ley anunciado en julio de 2026 extendería la facturación electrónica obligatoria al ámbito B2B nacional a través de Peppol, con implantación por fases desde 2028. La propuesta aún no es definitiva y las fechas pueden cambiar hasta que concluya el proceso legislativo.

Sanciones y periodo de gracia

Aún no se ha confirmado ningún régimen sancionador para el ámbito B2B nacional; se fijará en la legislación definitiva.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el mandato de facturación electrónica en este país?

Descripción de la imagen

La facturación electrónica en la contratación pública ya es obligatoria. Un proyecto de ley añadiría un mandato B2B nacional a través de Peppol, con implantación por fases desde enero de 2028 (recepción) hasta 2029 (emisión completa), alineado con ViDA. El calendario es una propuesta y está sujeto a cambios hasta su aprobación.

¿Cuándo pasa a ser obligatoria la facturación electrónica en este país?

Descripción de la imagen

Status: Planning. Next key date: B2B por fases desde ene 2028 (borrador) (January 1, 2028).

¿Quién debe cumplir con la facturación electrónica en este país?

Descripción de la imagen

La facturación electrónica B2G es obligatoria para los proveedores del sector público mediante formatos EN 16931. Un proyecto de ley anunciado en julio de 2026 extendería la facturación electrónica obligatoria al ámbito B2B nacional a través de Peppol, con implantación por fases desde 2028. La propuesta aún no es definitiva y las fechas pueden cambiar hasta que concluya el proceso legislativo.

¿Qué formato de factura electrónica se exige en este país?

Descripción de la imagen

EN 16931 (UBL 2.1 / CII); Peppol BIS 3.0 (B2G). Model: Peppol (B2G); red de entrega común para B2B, por designar (borrador).

¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento en este país?

Descripción de la imagen

Aún no se ha confirmado ningún régimen sancionador para el ámbito B2B nacional; se fijará en la legislación definitiva.

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