El Paquete Económico 2027 de México propone reformas fiscales para reforzar el cumplimiento, limitar determinados beneficios fiscales y fomentar la inversión y el retorno de capital extranjero. Los cambios propuestos afectarían a varias áreas de la tributación, incluida la deducibilidad de los gastos empresariales, el aprovechamiento de las pérdidas fiscales, la retención sobre los pagos de intereses, el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y el tratamiento del IVA.

Al mismo tiempo, el Gobierno prevé introducir nuevos incentivos fiscales para inversiones que cumplan los requisitos y para la repatriación de recursos extranjeros, buscando estimular la actividad económica interna y, a la vez, fortalecer la recaudación tributaria.

Cambios en el RESICO y en el IVA

Los cambios propuestos ampliarían el acceso al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de México, elevando los umbrales de ingresos anuales de 3,5 millones de MXN a 5 millones de MXN para las personas físicas y de 35 millones de MXN a 50 millones de MXN para las personas morales.

El paquete también introduciría un método opcional de cálculo del IVA que permitiría a los contribuyentes del RESICO aplicar una tasa del 7% a las actividades gravadas realizadas y efectivamente pagadas durante el mes correspondiente, sin derecho a acreditar el IVA soportado. Además, los contribuyentes que cumplan los requisitos y obtengan al menos el 90% de sus ingresos de la venta de libros, periódicos y revistas se beneficiarían de una tasa de IVA del 0% y conservarían el derecho a acreditar el IVA pagado en las compras y los servicios que cumplan los requisitos.

Adicionalmente, las instituciones de financiamiento colectivo estarían obligadas a retener el 16% de IVA sobre los intereses devengados al efectuar los pagos de intereses.

Retención en las operaciones de plataformas digitales

Se aplicaría una tasa de retención del impuesto sobre la renta (ISR) del 2,5% a las ventas de bienes y la prestación de servicios realizadas por personas físicas y morales que operan a través de plataformas digitales. No obstante, cuando las personas morales no proporcionen su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a la plataforma, la tasa de retención aumentaría al 20%.

Los no residentes sin establecimiento permanente en México y los residentes mexicanos que presten servicios de intermediación a través de plataformas digitales deberán retener el 100% del IVA recaudado al recibir el pago de la operación. Esta obligación también se aplicará cuando los importes de las operaciones se depositen en cuentas bancarias o de depósito mantenidas en el extranjero.

Consideraciones finales

El paquete propuesto no introduce nuevos impuestos generales ni eleva las tasas impositivas vigentes. En cambio, se centra en reforzar el cumplimiento y prevenir la elusión fiscal, en particular mediante restricciones más estrictas a las deducciones empresariales y al aprovechamiento de las pérdidas fiscales. Se prevé que la mayoría de las medidas entren en vigor el 1 de enero de 2027. No obstante, siguen sujetas al debate, la aprobación y la publicación en el Diario Oficial de la Federación de México, por lo que su alcance definitivo, las reglas de aplicación, las excepciones y las disposiciones transitorias aún podrían cambiar.