Nigeria aclara el IVA sobre las comisiones bancarias y de tecnología financiera

El 15 y 16 de enero, el Gobierno Federal de Nigeria y el Servicio de Impuestos de Nigeria (NRS) ordenaron a todos los bancos y empresas de tecnología financiera que cobraran y remitieran el IVA sobre las comisiones por servicios que cobran a los clientes, y aclararon que no existe ningún nuevo impuesto sobre los clientes bancarios en virtud de la Ley Tributaria de Nigeria sobre los clientes bancarios, respectivamente.
Repercusiones para los bancos, las empresas de tecnología financiera y los clientes
En virtud de las nuevas normas, el Servicio de Impuestos de Nigeria, anteriormente conocido como Servicio Federal de Impuestos Internos (FIRS), aplicó una retención del IVA del 7,5 % sobre las comisiones y honorarios de los servicios bancarios y financieros, y la normativa entró en vigor inmediatamente el 19 de enero de 2026.
En su anuncio, el Gobierno subrayó que los principales motivos de esta decisión son el fortalecimiento del sistema tributario, la mejora de la transparencia y el apoyo al desarrollo nacional. Además, el Gobierno nigeriano instó a las partes interesadas del sector financiero a cooperar para una aplicación fluida. Sin embargo, el anuncio dejó a muchos confundidos, ya que no estaba claro si se había introducido un nuevo IVA sobre los servicios bancarios.
Para responder a las crecientes preocupaciones, principalmente de los clientes, la NRS aclaró que el IVA sobre las transferencias electrónicas y las comisiones bancarias no es un nuevo impuesto, sino que forma parte desde hace tiempo de la normativa financiera de Nigeria. Además, la NRS subrayó que el IVA solo se aplica a las comisiones por servicios, como los gastos de transferencia, las comisiones USSD, la emisión de tarjetas y el mantenimiento de cuentas, mientras que los fondos que transfieren los clientes no están sujetos a impuestos, y la Ley Tributaria de Nigeria no introduce ninguna nueva obligación para los clientes bancarios.
Lo más importante para los clientes es que los intereses devengados por cuentas de ahorro, depósitos fijos y productos de depósito similares no están sujetos al IVA, ya que no se consideran suministro de bienes o servicios. La NRS señaló que, en virtud de la Ley Tributaria, los ingresos por intereses se tratan como un rendimiento de los fondos depositados y no como una contraprestación por un servicio sujeto a impuestos.
Conclusión
Como se destaca en la declaración pública de la NRS, esta rechazó los informes engañosos de los medios de comunicación. Reafirmó que el IVA siempre se ha aplicado a las comisiones y los gastos de servicio de los bancos en virtud del sistema de IVA establecido en el país. Dado el grado de preocupación pública, el último anuncio de la NRS pone de manifiesto la importancia de confiar en fuentes oficiales para obtener información precisa y actualizada sobre cuestiones fiscales.
Fuente: NALTF - El Gobierno federal ordena a los bancos y a las empresas de tecnología financiera que paguen el IVA sobre las comisiones por servicios, NALTF - El Servicio de Impuestos de Nigeria (NRS) aclara el IVA sobre los servicios bancarios
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