Normas de IVA en Perú para Servicios Digitales de No Residentes: Presentación y Cumplimiento

La transformación del panorama fiscal peruano comenzó con la decisión de imponer obligaciones de registro y recaudación del IVA a los proveedores de servicios digitales no residentes. La decisión anunciada en agosto de que esta obligación comenzaría el 1 de octubre de 2024, fue modificada posteriormente, por lo que la legislación relacionada entró en vigor el 1 de diciembre de 2024.
El 23 de diciembre de 2024, el gobierno peruano publicó una Resolución de Superintendencia relativa al formulario virtual, declaración y plataforma de pago para proveedores no residentes.
Impacto de la Resolución de Superintendencia
A partir del 1 de enero de 2025, los prestadores de servicios digitales no residentes deberán presentar la declaración del IGV accediendo a la plataforma en línea a través de una plataforma de declaración y pago denominada SUNAT Virtual. Una vez registrados en esta plataforma, deberán seleccionar un formulario virtual que la Resolución de Superintendencia aprobó.
Los prestadores de servicios digitales deben ingresar los datos solicitados, ingresar el periodo por el cual se presenta el formulario virtual y seguir las instrucciones de la plataforma.
En cuanto a la moneda, la plataforma de declaración y pago permite declarar y pagar el IVA en dólares o en moneda nacional. Una vez que los proveedores de servicios digitales elijan la moneda preferida, se mantendrá la misma para las siguientes declaraciones y pagos hasta diciembre.
La plataforma también permite a los proveedores de servicios digitales elegir métodos de pago, incluyendo tarjetas de débito, tarjetas de crédito o transferencias bancarias.
Además, la Resolución de Superintendencia incluye las causales de rechazo del formulario virtual en la plataforma, el proceso de pago cuando el monto a pagar se abona en dólares estadounidenses y las declaraciones determinativas sustitutivas y rectificatorias.
Conclusión
Los formularios virtuales deben presentarse y el pago debe efectuarse dentro de los diez días hábiles del mes siguiente al período de declaración. Los proveedores de servicios digitales no residentes deben determinar cuidadosamente sus obligaciones en virtud de las nuevas normas del IVA, desarrolladas específicamente para abordar los retos de la economía digital, y dedicar tiempo y esfuerzo a comprender cómo funciona la presentación y el pago del IVA.

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