El 16 de enero de 2025 se publicó la Ley Complementaria nº 214/2025, que regula la reforma tributaria brasileña.

El texto tiene origen en el Proyecto de Ley Complementaria (PLP) 68/2024, aprobado en diciembre por el Congreso Nacional.

Principales Cambios

Unificación de impuestos: La reforma unifica cinco impuestos (ICMS, ISS, IPI, PIS y Cofins) en un único gravamen (IVA dual), dividido en:

-CBS (Contribución sobre Bienes y Servicios): Impuesto federal que sustituye al PIS y al Cofins.

-IBS (Impuesto sobre Bienes y Servicios): Impuestos estatales y municipales que sustituyen al ICMS y al ISS.

-IS (Impuesto Selectivo): Sustituye al IPI.

 

Periodo transitorio:

La reforma se introducirá gradualmente con un período de transición de siete años, de 2026 a 2033.

Durante este periodo, las empresas se enfrentarán al sistema actual y al nuevo.

En 2029, el IS estará totalmente cobrado, y en 2033, el CBS y el SII también lo estarán.

Fijación de los tipos

El tipo de referencia del IBS y el CBS, que se establecerá en una futura ley, deberá situarse en torno al 28% del precio del producto o servicio consumido.

No obstante, cada entidad federativa podrá fijar su propio tipo, respetando el límite de referencia.

Beneficios

Algunas categorías de productos y servicios, como los medicamentos, los productos de higiene y la profesión intelectual, pueden tener tipos reducidos o exenciones de IVA.

La cesta básica nacional de alimentos, compuesta por 26 artículos, estará totalmente exenta de IVA (tipo cero).

Regímenes fiscales específicos/favorecidos

Algunos segmentos recibirán un tratamiento específico, como los combustibles, gravados a tipos uniformes, o los servicios financieros, que tendrán tipos específicos, normas de crédito y bases de cálculo diferentes.

Pago fraccionado

El pago fraccionado consiste en que, en el momento del pago al vendedor, el importe del impuesto (IBS y CBS) adeudado a las autoridades se separará automáticamente y se transferirá al Gobierno en el momento de la liquidación financiera de la transacción.

Esto hace que el proceso sea más seguro y sencillo, reduciendo la posibilidad de evasión fiscal.

Proyecto de ley

En poco tiempo, ya teníamos una propuesta de ley (PLP 16/2025) de los Diputados Federales para aclarar que ICMS, ISS e IPI no se aplican a la base de cálculo de IBS y CBS (gross up sistemático).

Reglamento de la Reforma Fiscal

La ley complementaria nº 214/2025 también debe ser reglamentada por decretos, permitiendo así que se aclaren los puntos dudosos.