El 2 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda de España dictó una orden que completa el marco normativo de la facturación electrónica B2B obligatoria establecido por el Real Decreto 238/2026. La orden se publicó el 5 de octubre y entró en vigor el 6 de octubre de 2026. Establece los requisitos técnicos y operativos del sistema público de facturación electrónica gestionado por la Agencia Tributaria.

Por separado, la Agencia Tributaria ha anunciado que tiene previsto aplazar hasta octubre de 2028 los plazos de cumplimiento pendientes de la normativa VERI*FACTU. El aplazamiento se ha anunciado, pero aún requiere aprobación legislativa formal.

Fechas clave de la facturación electrónica

El sistema de facturación electrónica B2B obligatoria en España se implantará por fases. Desde el 6 de octubre de 2027, las empresas y los profesionales con un volumen de negocios anual superior a EUR 8 millones en el año natural anterior deberán emitir, enviar y recibir facturas electrónicas e informar del estado de las facturas y de la información de pago.

Desde el 6 de octubre de 2028, la facturación electrónica obligatoria se extenderá al resto de empresas y profesionales incluidos en la normativa, mientras que las personas jurídicas y las organizaciones por debajo del umbral de EUR 8 millones también deberán empezar a informar del estado de las facturas y de los pagos.

Por último, desde el 6 de octubre de 2029, estas obligaciones de información se aplicarán a las personas físicas que desarrollan actividades económicas y a las entidades en régimen de atribución de rentas con un volumen de negocios no superior a EUR 8 millones.

Aplazamiento de VERI*FACTU

Las obligaciones de VERI*FACTU aplazadas se alinearán con el despliegue de la facturación electrónica para empresas y profesionales con un volumen de negocios de hasta EUR 8 millones. El retraso pretende evitar actualizaciones sucesivas de los sistemas de facturación en un periodo corto y facilitar la alineación con los futuros requisitos de información de la reforma del IVA en la era digital (ViDA) de la UE. El aplazamiento no flexibiliza los requisitos técnicos. Los sistemas de facturación deben seguir garantizando la integridad, la trazabilidad y la inalterabilidad de los registros de facturación.

Conclusión

La implantación por fases del modelo de facturación electrónica B2B de España y el aplazamiento paralelo de los requisitos de VERI*FACTU ofrecen a las empresas un calendario estructurado para hacer una transición fluida hacia la información digital obligatoria. Al alinear las fechas de cumplimiento entre los distintos regímenes de facturación y prepararse para los futuros estándares de la reforma ViDA de la UE, el marco normativo equilibra la transparencia fiscal con la preparación operativa para organizaciones de todos los tamaños.