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ES
EU · Interoperable (público + privado)
Last updated September 21, 2026
La facturación electrónica B2G es obligatoria desde 2015. Dos vías adicionales: el software de facturación certificado Veri*Factu desde 2027 y el mandato de facturación electrónica B2B de Crea y Crece, cuyo plazo de 12/24 meses solo empieza a contar cuando se publique la orden ministerial sobre la solución pública.
Within 12 months
Se aplica a
B2B, B2G
January 1, 2027
Próximo plazo de fase
Veri*Factu 1 ene 2027 · B2B e-fact. TBC
Dos preguntas. La regla del establecimiento permanente es donde la mayoría de las empresas extranjeras se equivocan.
¿Está tu empresa establecida en España (domicilio social, sucursal o establecimiento permanente)?
¿Qué tamaño tiene tu negocio en España?
España: probablemente fuera del mandato de emisión — vigila el e-reporting / transfronterizo
Estar registrado a efectos de IVA u operar sin un establecimiento permanente suele dejarte fuera de la obligación de emisión de España, pero aún podrías estar sujeto al e-reporting o tener que recibir facturas electrónicas estructuradas. Confirma tu situación de establecimiento.
Fuera de ámbito para España
Sin establecimiento y sin registro ni actividad comercial en España, el mandato no se te aplica hoy. Revísalo si abres una sucursal o un almacén, o si empiezas a suministrar en España.
En ámbito – primera fase B2B de España (12 meses después de la orden ministerial)
Como empresa establecida de mayor tamaño (facturación superior a €8m), es casi seguro que estés en el régimen del SII de libros registro de IVA en tiempo real, obligatorio por encima de €6,010,121.04, y los contribuyentes del SII quedan excluidos de Veri*Factu. Tu primera obligación nueva es la facturación electrónica B2B estructurada, que empieza 12 meses después de la orden ministerial sobre la solución pública (borrador: 1 oct 2027). Empieza ya con la selección de plataforma y el mapeo del ERP.
En ámbito — fase posterior de España (desde el 1 de julio de 2027)
El software de facturación certificado Veri*Factu se aplica desde el 1 de julio de 2027 (1 de enero de 2027 si tributas por el impuesto sobre sociedades); la facturación electrónica B2B estructurada empieza 24 meses después de la orden ministerial (borrador: 1 oct 2028), pero debes poder recibir facturas electrónicas de los grandes proveedores desde la primera fase.
Una sola fecha oculta todo el despliegue. Esta es la secuencia completa.
15 de enero de 2015
Proveedores de las administraciones públicas (B2G)
Las facturas electrónicas Facturae a través de la plataforma FACe son obligatorias para los proveedores de las administraciones públicas desde el 15 de enero de 2015 (Ley 25/2013).
Done
20 de abril de 2026
RD 238/2026 en vigor
El reglamento de desarrollo del mandato B2B de Crea y Crece entró en vigor (BOE 31 mar 2026); las fechas de la obligación dependen de la orden ministerial sobre la solución pública.
Done
1 de enero de 2027
Veri*Factu — contribuyentes del impuesto sobre sociedades no incluidos en el SII
Los contribuyentes del impuesto sobre sociedades deben usar software de facturación certificado e inalterable (Veri*Factu) que registre cada factura y pueda comunicarla. Los contribuyentes acogidos al régimen del SII de libros registro de IVA en tiempo real quedan excluidos.
Next
1 de julio de 2027
Veri*Factu — autónomos
La obligación de software certificado se extiende a los trabajadores autónomos.
Future
Por confirmar
Mandato de facturación electrónica B2B
El RD 238/2026 (publicado el 31 mar 2026, en vigor el 20 abr 2026) desarrolla el mandato de Crea y Crece; el plazo depende ahora de la orden ministerial sobre la solución pública: 12 meses después para una facturación superior a €8m, 24 meses para el resto y 36 meses para la comunicación del estado de las facturas por parte de los autónomos. El borrador de orden de abril de 2026 apunta al 1 oct 2026, lo que situaría las fases el 1 oct 2027 / 2028 / 2029 (borrador).
Future
Las normas, el ámbito y las fechas que definen el mandato, de un vistazo.
Ámbito de operaciones
B2B, B2G
Modelo
Interoperable (público + privado)
Formatos
UBL (sintaxis de referencia), UN/CEFACT CII, EDIFACT, Facturae (RD 238/2026 art. 7); Facturae vía FACe para B2G
Región
EU
ESTADO
Within 12 months
Ámbito
Dos vías: las normas de software certificado Veri*Factu desde el 1 de enero de 2027 (empresas) y el 1 de julio de 2027 (autónomos), más un mandato independiente de facturación electrónica B2B en el marco de la ley Crea y Crece.
Facturación electrónica B2B: advertencia o multa de hasta €10,000 por no emitir facturas electrónicas o no dar acceso a los clientes (art. 12 Ley 18/2022). Veri*Factu: €50,000 al año por usar software de facturación no conforme; €150,000 al año por tipo de sistema para fabricantes/comercializadores (art. 201 bis LGT).
Fuentes oficiales consultadas el 21 de septiembre de 2026:
¿Qué es el mandato de facturación electrónica en este país?
La facturación electrónica B2G es obligatoria desde 2015. Dos vías adicionales: el software de facturación certificado Veri*Factu desde 2027 y el mandato de facturación electrónica B2B de Crea y Crece, cuyo plazo de 12/24 meses solo empieza a contar cuando se publique la orden ministerial sobre la solución pública.
¿Cuándo pasa a ser obligatoria la facturación electrónica en este país?
Status: Within 12 months. Next key date: Veri*Factu 1 ene 2027 · B2B e-fact. TBC (January 1, 2027).
¿Quién debe cumplir con la facturación electrónica en este país?
Dos vías: las normas de software certificado Veri*Factu desde el 1 de enero de 2027 (empresas) y el 1 de julio de 2027 (autónomos), más un mandato independiente de facturación electrónica B2B en el marco de la ley Crea y Crece.
¿Qué formato de factura electrónica se exige en este país?
UBL (sintaxis de referencia), UN/CEFACT CII, EDIFACT, Facturae (RD 238/2026 art. 7); Facturae vía FACe para B2G. Model: Interoperable (público + privado).
¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento en este país?
Facturación electrónica B2B: advertencia o multa de hasta €10,000 por no emitir facturas electrónicas o no dar acceso a los clientes (art. 12 Ley 18/2022). Veri*Factu: €50,000 al año por usar software de facturación no conforme; €150,000 al año por tipo de sistema para fabricantes/comercializadores (art. 201 bis LGT).
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