Normas del IVA de Mauricio para los servicios digitales extranjeros en 2026

A principios de este año, el gobierno mauriciano publicó el Presupuesto Nacional 2025-26, que destacaba las medidas, iniciativas y cambios legislativos clave necesarios para cumplir los ambiciosos objetivos de crear normas y reglamentos nacionales adecuados para la era digital y la realidad económica moderna. En particular, el Presupuesto Nacional incluye medidas sobre el IVA y los impuestos especiales, incluida la imposición del IVA a los proveedores extranjeros de servicios digitales.
Principales requisitos en materia de IVA para los proveedores extranjeros de servicios digitales
A partir del 1 de enero de 2026, los proveedores extranjeros de servicios digitales tendrán que aplicar y recaudar el 15% de IVA sobre los suministros a los consumidores locales, es decir, para las transacciones B2C, independientemente de su volumen de negocios de estos suministros. La única exención de estas normas se prevé para las transacciones B2B, más concretamente para los suministros efectuados a sujetos pasivos registrados a efectos del IVA en Mauricio. En ese caso, se aplica un mecanismo de inversión impositiva.
Los servicios que entran en el ámbito de aplicación de esta norma incluyen el suministro de material digitalizado, como fotografías, libros electrónicos y otros documentos electrónicos, el streaming o descarga de música, películas, juegos y programas a la carta, y la venta o mantenimiento de software y aplicaciones. Además, los servicios relacionados con sitios web, incluido el alojamiento, el espacio publicitario en línea y el acceso a revistas en línea, también están sujetos a impuestos. En particular, incluso el soporte o mantenimiento a distancia de software y equipos entra en el ámbito de aplicación de estas normas.
Además, los sujetos pasivos extranjeros cuyas prestaciones imponibles anuales superen los 3 millones de MUR (aproximadamente 66.000 USD) deberán designar a un representante fiscal establecido localmente para que presente las declaraciones del IVA y remita los pagos del IVA en su nombre a la Autoridad Fiscal de Mauricio. En cuanto a la frecuencia de presentación de las declaraciones del IVA, los proveedores extranjeros de servicios digitales estarán obligados a presentarlas mensual o trimestralmente, en función del importe de las prestaciones imponibles anuales.
Conclusión
Al exigir a los proveedores extranjeros de servicios digitales que cobren y recauden el IVA sobre los servicios prestados, el Gobierno mauriciano está igualando las condiciones y aplicando las mismas normas a las empresas nacionales y extranjeras. Las empresas que prestan servicios digitales deben determinar si tienen consumidores en Mauricio y, en caso afirmativo, cómo afecta esto a sus obligaciones de fijación de precios, información y pago. Los proveedores extranjeros de servicios digitales que superen el umbral definido también deben encontrar y designar un representante fiscal fiable.
Fuente: Deloitte, IVAacerca de
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