Cabo Verde - Normas de IVA para proveedores de comercio electrónico

Una parte de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 introdujo disposiciones que allanaban el camino para introducir obligaciones fiscales para los proveedores extranjeros de servicios digitales. Estos cambios, conocidos como el "Régimen especial del IVA en el comercio electrónico" (Régimen especial), se perfeccionaron en diciembre de 2022, marcando un avance crucial y muy relevante en la fiscalidad de los servicios digitales.
Este Régimen Especial incluye normas relativas al lugar de prestación, hecho imponible, obligaciones de registro y declaración, tipo aplicable, pago del impuesto y un régimen complementario aplicable en caso de que no se complete el registro.
Proveedores extranjeros y obligaciones en materia de IVA
El ámbito de aplicación del régimen especial del IVA incluye a los proveedores extranjeros de servicios digitales y plataformas digitales de comercio electrónico. En cuanto a los tipos de prestaciones imponibles cubiertas con este régimen de declaración, su ámbito de aplicación abarca las ventas a distancia transfronterizas de bienes y la prestación de servicios digitales por vendedores digitales no residentes.
Es importante recordar que el régimen no se aplica a los pagos superiores a 10.000 CVE o relacionados con productos sujetos a impuestos especiales. Los operadores de comercio electrónico están obligados a registrarse a efectos del IVA de forma simplificada, para lo que se solicita la entrega de la siguiente información
Identificación del sujeto pasivo;
Domicilio;
Identificación fiscal en el país del domicilio;
Área de actividad.
Una vez registrados, los operadores de comercio electrónico deben presentar declaraciones fiscales en inglés y/o portugués al final de cada trimestre.
Conclusión
El régimen especial no distingue entre entregas electrónicas de bienes y servicios B2C y B2B, y las normas se aplican a todas esas entregas. Aunque la normativa para los operadores de comercio electrónico está en vigor desde 2022, aún deben incluirse los decretos ejecutivos y el marco de acompañamiento. Una vez que un operador se incluye en la lista, está obligado a registrarse hasta finales de junio.
Fuente: Ley nº 4/X/2021, Ley nº 16/X/2022

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