La República Checa se prepara para recuperar el registro electrónico de ventas mediante el EET 2.0, una nueva versión del sistema de fiscalización de evidencia electrónica de ventas que dejó de aplicarse el 1 de enero de 2023. La propuesta busca crear un registro digital fiable de las ventas sujetas a la obligación, facilitar la detección de la facturación no declarada y reforzar la recaudación del IVA y de los impuestos sobre la renta. A diferencia del modelo anterior, el EET 2.0 se ha diseñado sin equipos fiscales obligatorios, sin certificación de los productos POS y sin una obligación específica de entregar justificantes en papel.

La tramitación legislativa aún no ha concluido. La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley Bill 189 el 15 de julio de 2026 y lo remitió al Senado el 21 de julio. Dos comisiones del Senado recomendaron enmiendas el 12 de agosto y, el 19 de agosto, el Senado devolvió el texto a la Cámara con enmiendas, tras rechazar la moción de desestimarlo. Ahora corresponde a la Cámara decidir si acepta el texto del Senado o lo revoca, de modo que las reglas definitivas todavía pueden cambiar antes de su aprobación.

Por qué la República Checa recupera el EET

El EET 1.0 arrancó en 2016 y obligaba a transmitir electrónicamente a la Administración tributaria checa las ventas incluidas en su ámbito. Su aplicación quedó suspendida durante la pandemia de COVID-19 y el sistema se derogó el 1 de enero de 2023. El Ministerio de Finanzas presenta ahora el EET 2.0 como una medida frente a la economía sumergida y a la competencia desigual entre las empresas que declaran íntegramente sus ingresos y las que no lo hacen.

En el comercio minorista, el fraude del IVA puede empezar cuando una venta no se anota en los registros del vendedor. Un registro casi en tiempo real de los pagos sujetos a la obligación proporciona a la Administración tributaria otra fuente de datos que puede contrastar con las declaraciones fiscales, la contabilidad y otros indicadores de riesgo.

Cómo puede el EET 2.0 ayudar a combatir el fraude del IVA

El fraude del IVA en el comercio minorista suele comenzar cuando una venta queda fuera de los registros del vendedor. La facturación no declarada puede traducirse en un IVA repercutido inferior al real y también en unos ingresos imponibles infravalorados. El EET 2.0 aborda ese riesgo creando un registro electrónico de cada pago sujeto a la obligación, con el importe, la hora, el sujeto pasivo, la unidad de registro, el identificador del POS y el número de orden de la transacción.

Los datos de las transacciones, casi en tiempo real, pueden compararse con las declaraciones de IVA, la contabilidad y otros indicadores de riesgo, lo que permite a las autoridades concentrar los controles en las incoherencias en lugar de depender únicamente de inspecciones aleatorias. El Ministerio estima un beneficio anual para las arcas públicas de unos 14.400 millones de CZK, si bien se trata de una previsión. El EET 2.0 complementará —y no sustituirá— las facturas de IVA, la contabilidad, las declaraciones de IVA y el pago del impuesto.

Ámbito de aplicación y operaciones cubiertas

La propuesta se aplica con carácter general a los contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre sociedades que realicen ventas sujetas a la obligación en la República Checa. El marco legislativo actual se centra sobre todo en los pagos presenciales, realizados mediante interacción personal o en el establecimiento del vendedor. Pueden incluir el efectivo, la tarjeta, el QR, los vales y medios similares, mientras que los pagos a distancia entre cuentas, sin contacto físico, reciben por lo general un tratamiento distinto.

El sistema también está concebido para registrar hechos como ventas, devoluciones, anulaciones, anticipos, liquidación de anticipos y determinadas operaciones de ingreso o retirada de efectivo. Las correcciones y las operaciones negativas se registran por separado. La propuesta contempla exenciones para determinadas entidades, actividades y pequeños contribuyentes que cumplan los requisitos, y estas disposiciones cobran especial relevancia porque el texto ha vuelto a la Cámara con enmiendas.

Requisitos básicos de fiscalización y de los sistemas POS

El EET 2.0 se plantea como un modelo de fiscalización en línea. La Administración Financiera señala que no se exigirá ninguna certificación especial a fabricantes, proveedores, empresas de servicios ni a sus productos POS. Las empresas podrán utilizar una caja registradora, un sistema POS, una tableta, un teléfono móvil u otra solución adecuada siempre que pueda conectarse a internet y cumplir las reglas de comunicación exigidas. También está prevista una aplicación web gratuita, MOJE EET, para los contribuyentes de menor tamaño.

Los contribuyentes registrarán sus unidades de registro a través del DIS+ en el portal MOJE daně y utilizarán certificados de caja registradora para la autenticación y la firma digital. Según la especificación de interfaz vigente, el POS envía un mensaje SOAP/XML firmado digitalmente a través de HTTPS con los datos de la transacción exigidos. El envío correcto recibe un código de confirmación, el POK.

El límite del tiempo de respuesta debe fijarse por encima de dos segundos. Si la comunicación inmediata falla, los datos deben reenviarse sin demora injustificada y dentro de las 48 horas siguientes a la venta. Por ello, los sistemas POS necesitan gestión de certificados, validación, lógica de reintentos, control de duplicados, tratamiento de errores y una cola sin conexión. El propio EET no exigirá la entrega de un justificante impreso, pero seguirán aplicándose las normas de IVA y de consumo sobre facturas o justificantes de compra. La Administración Financiera confirma esta distinción.

Calendario de implantación

La Administración Financiera ya ha abierto el entorno de pruebas Playground para desarrolladores, disponible desde el 1 de julio de 2026. La hoja de ruta oficial vigente prevé las funciones del DIS+ y la generación de certificados de caja registradora a partir del 1 de noviembre de 2026, la aplicación MOJE EET desde el 1 de diciembre de 2026, una fase piloto desde el 1 de enero de 2027 y el pleno funcionamiento desde el 1 de febrero de 2027.

Estas fechas deben seguir considerándose fechas previstas, ya que la norma no ha completado su tramitación parlamentaria. Los desarrolladores pueden apoyarse en la documentación técnica existente para prepararse y realizar pruebas, pero las empresas deberían seguir vigilando el texto legal definitivo y las enmiendas que se aprueben en la fase del Senado.

Implicaciones prácticas para las empresas

El EET 2.0 combina la comunicación de ventas en tiempo real con un enfoque más neutral desde el punto de vista tecnológico que el sistema anterior. Para los minoristas y los proveedores de POS, la preparación debería centrarse en identificar las operaciones incluidas en el ámbito de aplicación, configurar las unidades de registro, gestionar los certificados, tratar las devoluciones y demás operaciones negativas y garantizar una recuperación fiable sin conexión.

Lo más importante es que el trabajo de implantación puede arrancar sobre la base de las especificaciones técnicas publicadas, pero las hipótesis jurídicas no deberían darse por definitivas hasta que concluya el proceso legislativo. Las empresas deberían alinear el desarrollo de sus POS con la interfaz oficial y, al mismo tiempo, mantener configurables el ámbito de aplicación, las exenciones y las fechas de implantación por si la ley definitiva cambia.