España: La Comisión Europea aprueba la facturación electrónica

España está un paso más cerca de implantar la facturación electrónica obligatoria para las transacciones entre empresas (B2B), al aprobar la Comisión Europea su Proyecto de Real Decreto sobre la denominada Ley Crea y Crece.
La adopción por España de nuevas normas y reglamentos sobre facturación electrónica B2B es un avance significativo que remodelará las transacciones comerciales en el país. Este cambio no es una mera formalidad, sino un cambio fundamental para el que las empresas deben estar preparadas.
Aplicación de las normas de facturación electrónica
El desarrollo de las normas obligatorias de facturación electrónica en España comenzó en 2023 con una consulta pública para recabar opiniones y comentarios diversos. Desde entonces, el Decreto ha pasado por varias fases, culminando con la aprobación de la Comisión Europea, un paso crucial en el proceso normativo.
La aprobación es el último paso en la definición de las normas y el primero en la introducción de los plazos de aplicación. El volumen de facturación es un factor determinante a la hora de someter a los sujetos pasivos, empresas o particulares, a los requisitos de facturación electrónica B2B.
Los sujetos pasivos con un volumen de negocios anual superior a 8 millones de euros dispondrán de 12 meses desde la publicación del Real Decreto en el BOE para cumplir con los requisitos de facturación electrónica. En cambio, los sujetos pasivos por debajo de este umbral dispondrán de 24 meses.
No obstante, independientemente del volumen de negocio, todos los sujetos pasivos tendrán que seguir enviando las facturas en formato PDF durante el periodo transitorio. El incumplimiento de las normas obligatorias de facturación electrónica B2B puede acarrear sanciones de hasta 10.000 euros.
Conclusión
Todos los sujetos pasivos que tengan la obligación de expedir facturas disponen de tiempo suficiente para familiarizarse y prepararse con las normas de facturación electrónica B2B, sobre todo teniendo en cuenta que el Real Decreto aún no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Los plazos de 12 y 24 meses para cumplir con los requisitos de facturación electrónica B2B aún no han comenzado, y todas las empresas deben tomar las medidas necesarias para cumplir con las nuevas normas.
Fuente: Ayming

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