Francia - Litigio sobre la aplicación del IVA a las obras de arte

El 18 de junio de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hizo pública una petición de decisión prejudicial sobre un asunto iniciado por el Consejo de Estado francés. Se trataba de un litigio entre la Agencia Tributaria francesa y la Galerie Karsten Grave, una galería de arte. La galería de arte, en ejercicio de sus derechos, impugnó la obligación de pagar el IVA adicional del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014.
Objeto del litigio
Después de que la Administración Tributaria francesa auditara la cuenta de la galería de arte, se le ordenó pagar el IVA adicional correspondiente a 2014, lo que fue impugnado ante el Tribunal Administrativo de Apelación de París (Tribunal de Apelación). Tras la desestimación de su reclamación ante el Tribunal de Apelación, la galería de arte interpuso el presente recurso ante el Consejo de Estado.
En su recurso ante el Consejo de Estado, la galería de arte afirmó que el Tribunal de Apelación no había interpretado correctamente la Ley General Tributaria francesa y la Directiva del IVA de la UE ni los hechos del caso y, por tanto, se había negado erróneamente a aplicar el régimen de imposición sobre el margen a las ventas de cuadros que la galería de arte adquirió a Studio Rubin Gideon, un comerciante sujeto al impuesto establecido en el Reino Unido.
Dado que al Consejo de Estado le resultaba difícil resolver este litigio, planteó la cuestión al TJCE.
Como se indica en la petición de decisión prejudicial, la cuestión principal, en este caso, es si Studio Rubin Gideon, como persona jurídica, puede considerarse el creador de los cuadros, permitiendo así la aplicación del régimen del margen del IVA.
Además, el Consejo de Estado planteó la cuestión de qué criterios son aplicables si el TJCE considera que la respuesta a la cuestión principal es negativa.
Conclusión
Si la sentencia definitiva del TJCE confirma la decisión adoptada por la Agencia Tributaria y los tribunales franceses, la galería de arte tendrá que pagar el IVA adeudado y hacer frente a posibles sanciones e intereses. Han transcurrido diez años desde el período en cuestión, y estas sanciones e intereses podrían afectar significativamente a la galería de arte. Por lo tanto, todas las partes esperarán pacientemente la decisión final del TJCE.
Fuente: TJCE C-433/24 (Galerie Karsten Greve)

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