El Gobierno francés anunció una propuesta para modificar las normas obligatorias de facturación electrónica B2B y de e-reporting, que incluye un periodo de gracia de dos años. No obstante, el periodo de gracia no se aplicará a todos los sujetos pasivos, sino únicamente a quienes demuestren buena fe en el cumplimiento de los requisitos de facturación electrónica. El objetivo de esta medida es dar a las empresas tiempo y margen suficientes para afrontar los retos técnicos y organizativos de la transición, que comienza el 1 de septiembre de 2026 y pasa a ser plenamente obligatoria el 1 de septiembre de 2027.
Alcance y efectos de las modificaciones propuestas
Con las modificaciones propuestas, el Gobierno francés plantea un periodo de gracia del 1 de septiembre de 2026 al 31 de agosto de 2027, que debería ayudar a las empresas a realizar una transición fluida y a afrontar el despliegue de la facturación electrónica B2B obligatoria.
La principal razón de esta propuesta, según se indica en ella, es que una aplicación estricta el 1 de septiembre de 2026 supone un riesgo de bloqueo sistémico, con facturas rechazadas, pagos suspendidos, pérdidas de tesorería y paralización de las cadenas de valor. Por tanto, para garantizar el éxito de esta reforma fundamental, se necesita una implementación más controlada del sistema.
El periodo de gracia incluye una moratoria de las sanciones y cierto grado de tolerancia administrativa. Así, durante este periodo las empresas no se enfrentarían a sanciones por incumplimiento técnico de las nuevas normas de facturación electrónica y de e-reporting, siempre que las incidencias surjan de buena fe. Además, podría preverse un mecanismo de suspensión para las situaciones en que errores técnicos o anomalías reiteradas afecten a múltiples partes.
Cabe destacar que, aunque las empresas encuentren dificultades al pasar a la facturación electrónica, la capacidad del cliente para deducir el IVA debería permanecer intacta, siempre que la factura siga incluyendo toda la información esencial exigida legalmente. La propuesta subraya asimismo que, en los casos en que se rechace un gran número de facturas o el sistema sufra un fallo importante, es crucial que las empresas puedan seguir emitiendo y recibiendo facturas sin interrupción. Por ello, debería implantarse un plan de continuidad de negocio que garantice que la facturación y los pagos puedan continuar en caso necesario.
Conclusión
Es importante señalar que el periodo de gracia de dos años no retrasa la implementación de la facturación electrónica B2B obligatoria. Aun así, la protege al garantizar que un despliegue excesivamente rígido no perjudique la tesorería de las empresas ni altere el flujo normal de los pagos. Si bien aporta cierto grado de flexibilidad en el proceso de implementación, las empresas no deberían apoyarse en este mecanismo para eludir el cumplimiento de los próximos cambios.
Fuente: Asamblea Nacional - Propuesta de Enmienda n.º I-1028, VATabout

