España retrasa la facturación electrónica Veri*factu hasta 2027
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El 2 de diciembre de 2025, el Consejo de Ministros español aprobó un Real Decreto y aplazó oficialmente el lanzamiento de su sistema de facturación electrónica Veri*factu. Con el Decreto en vigor, la fecha de implantación se ha retrasado un año. Así, según el nuevo calendario, los sujetos pasivos que no formen parte del sistema de información en tiempo real SII de España tendrán que implantar Veri*factu a partir del 1 de enero de 2027.
Antecedentes normativos de Veri*factu
La implantación del Veri*factu, un sistema que obliga a todos los programas informáticos de facturación a generar registros de facturas seguros y trazables o a enviar dichos registros directamente a la Agencia Tributaria española, estaba inicialmente prevista para 2026 en dos fases.
En la primera fase, los sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades debían cumplir estos requisitos, mientras que en la segunda, a partir del 1 de julio de 2026, el resto de empresas y autónomos que utilicen programas de facturación estarían sujetos a estas normas. Cabe destacar que algunos colectivos quedan excluidos de estos requisitos, entre los que se encuentran los sujetos pasivos acogidos a regímenes simplificados de IVA, las operaciones totalmente exentas de IVA y las entidades del País Vasco y Navarra que ya siguen la normativa TicketBAI.
Sin embargo, con el Real Decreto aprobado, los plazos de aplicación establecidos se han trasladado al 1 de enero y al 1 de julio de 2027, respectivamente. La razón principal de este aplazamiento es la conclusión del Gobierno de que se necesita tiempo adicional para que las empresas y los proveedores de software adapten sus sistemas para garantizar una implantación coherente en toda la economía. Ahora, con un plazo ampliado, las empresas disponen de tiempo adicional para prepararse más adecuadamente para los nuevos requisitos.
Conclusión
La Nota Pública publicada por el Ministerio de Hacienda confirma oficialmente lo que ya se sabía, que la implantación del Veri*factu se pospondrá un año. No obstante, con el Real Decreto finalmente aprobado, los sujetos pasivos no dudan de sus obligaciones y disponen de más tiempo para prepararse para los próximos cambios normativos y los nuevos requisitos.
Fuente: Ministerio de Hacienda, VATabout - SII o Verifactu: Un dilema para las empresas que operan en España
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