SII o Verifactu: Un dilema para las empresas que operan en España
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Summary
Spain’s new Verifactu system, launching on January 1, 2026, will add new regulations on invoicing software to combat tax fraud and improve transparency. Businesses must decide whether to continue with the Suministro Inmediato de Información (SII) or transition to Verifactu, which will impact compliance costs, system investments, and future reporting requirements under the EU’s ViDA initiative. This article compares both systems, offering insights into their implications for businesses.
Key Takeaways:
SII is a VAT reporting system for large businesses, while Verifactu focuses on technical standards for invoicing software to prevent fraud.
Starting January 2026, all businesses using electronic invoicing must comply with Verifactu, except those already under SII.
Businesses should evaluate future compliance costs and system compatibility with the upcoming ViDA regulations.
Tras muchos años de trabajo y aplazamiento de la implantación, a partir del 1 de enero de 2026 se implantará en España el Veri*factu, a menudo abreviado como Verifactu. Lo que parece ser una medida gubernamental para reducir el fraude fiscal, eliminar las irregularidades en los programas de facturación y aumentar la transparencia en las transacciones comerciales puede parecer una carga adicional de cumplimiento para las empresas, especialmente las pequeñas y medianas.
Al integrar un sistema existente, como el Suministro Inmediato de Información (SII), las empresas pueden sentirse abrumadas con preguntas sobre qué sistema utilizar y cómo planificar el cumplimiento, los costes, las actualizaciones de software y las decisiones estratégicas.
Para acercar este tema y reducir la presión sobre las partes interesadas, en este artículo se explican ambos sistemas, se comparan, se destacan las principales diferencias, se analizan las repercusiones y los retos, y se ofrecen algunas conclusiones para los propietarios de empresas y las principales partes interesadas.
Entender el SII y Verifactu
Lo primero que hay que aclarar son los conceptos básicos de ambos sistemas, incluido el propósito de su introducción y aplicación, quién está sujeto a sus normas y requisitos de información, qué transacciones entran en el ámbito de aplicación de estos requisitos y la frecuencia de la información. Entender este concepto lleva a comprender las diferencias clave entre estos dos sistemas, lo que en última instancia ayuda a las empresas a navegar eficazmente por el proceso de cumplimiento.
Suministro Inmediato de Información (SII)
El sistema SII, desarrollado por la Agencia Tributaria, se implementó en 2017 como un medio para gestionar electrónicamente los libros de registro del IVA en España. Aunque el objetivo era establecer un sistema de información en tiempo real, las empresas sujetas a estos requisitos de información deben presentar los datos requeridos dentro de los cuatro días siguientes a la emisión de las facturas. Las transacciones que entran en el ámbito de aplicación del sistema SII incluyen las transacciones B2B, B2G y B2C, así como las transacciones nacionales, las transacciones intracomunitarias, las ventas y las compras.
Las empresas sujetas al SII son las grandes empresas con un volumen de negocios superior a 6 millones de euros, los grupos de IVA y las empresas registradas en el sistema REDEME, que es el Registro de Devolución Mensual. Desde el 1 de enero de 2025, los titulares de depósitos fiscales de gasolinas, gasóleos o biocarburantes incluidos en el ámbito de aplicación del Impuesto sobre Hidrocarburos, así como los empresarios o profesionales que extraigan estos productos de depósitos fiscales, están sujetos a la obligación de informar sobre el SII.
El sistema ofrece numerosas ventajas que hacen más eficaz y transparente la gestión del IVA. Para la Agencia Tributaria, este sistema garantiza la recogida de información de alta calidad en un corto periodo de tiempo. De este modo, las empresas disponen de dos registros: sus propios libros de IVA declarados y la versión verificada en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, que incorpora además datos de otros sujetos pasivos y de la propia Agencia Tributaria, lo que facilita a las empresas el cruce de información antes de presentar su declaración de IVA, reduciendo el riesgo de errores.
Incluso en el caso de que existan errores, las empresas pueden corregirlos por sí mismas sin esperar a un requerimiento formal de la Agencia Tributaria. Además, el SII ha modernizado la forma de llevar los libros de IVA, sustituyendo los anticuados procesos manuales por un formato digital estandarizado y reduciendo el número de formularios que las empresas deben presentar. Por último, gracias al intercambio más rápido de datos entre las empresas y la Agencia Tributaria, las devoluciones del IVA pueden procesarse de forma más eficiente, lo que resulta especialmente valioso para las empresas con solicitudes de devolución periódicas.
Verifactu
El sistema Verifactu representa un nuevo conjunto de normas para el software de facturación que las empresas y los profesionales deben seguir al utilizar programas informáticos para emitir facturas. La razón principal para desarrollar este conjunto de normas fue hacer cumplir las medidas antifraude introducidas en 2021, con el objetivo de garantizar que los sistemas de facturación no puedan utilizarse para ocultar, alterar o manipular transacciones.
En la práctica, la normativa exige que los sistemas de facturación, denominados Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), cumplan estrictas normas técnicas. Cada vez que se crea una factura, el sistema también debe crear un registro de facturación, que es esencialmente un resumen digital seguro de la factura.
El registro de facturación contiene una huella digital de los datos de la factura, referencias a registros anteriores para demostrar que no falta ninguna factura y, en algunos casos, una firma electrónica del emisor. Además, toda factura debe incluir un código QR, que permite a cualquier persona que reciba la factura enviar rápidamente datos clave a la Agencia Tributaria utilizando un teléfono móvil, lo que facilita las comprobaciones y las hace más transparentes.
Lo que conocemos como Verifactu es uno de los dos tipos específicos de sistemas de facturación que permite la normativa. El sistema Verifactu enviará a la Agencia Tributaria un resumen estructurado de cada factura tan pronto como se emita, proporcionando a la Agencia Tributaria una supervisión casi en tiempo real. En otras palabras, el Verifactu debe considerarse como un sistema de emisión de facturas verificable.
Diferencias clave entre SII y Verifactu
Aunque existe un solapamiento entre estos dos sistemas, difieren en su finalidad, alcance, calendario y exigencias técnicas. El SII es, en esencia, un mecanismo de declaración del IVA. Su objetivo principal es permitir que la Agencia Tributaria reciba rápidamente información detallada sobre las facturas de grandes sujetos pasivos o de sujetos pasivos que reúnan los requisitos necesarios, haciendo así más transparente la administración del IVA, más rápida la tramitación de las devoluciones y más fácil la detección de anomalías.
Lo que no hace el SII es imponer directamente una estructura técnica específica para el software de emisión de facturas en términos de inmutabilidad, códigos QR, hashes encadenados, etc., salvo en lo necesario para transmitir los campos requeridos. En cambio, el Verifactu es un reglamento que impone características técnicas y de procedimiento específicas del propio software de facturación. Por tanto, el Verifactu no sólo regula lo que se comunica a la Agencia Tributaria, sino también cómo se crean, almacenan, aseguran y auditan las facturas.
Quién entra en el ámbito de aplicación de estos dos sistemas es también donde se solapan, pero difieren. El SII se aplica a las grandes empresas, los grupos de IVA, los participantes en el régimen de devolución mensual y los que opten por acogerse a él. Mientras que, a partir del 1 de enero de 2026, Verifactu se aplicará de forma amplia e incluirá a cualquier empresa o profesional que utilice programas de facturación electrónica o informatizada, excepto los que ya estén sujetos al SII.
Impacto y retos para las empresas
Teniendo en cuenta que los acogidos al SII están exentos del sistema Verifactu, la verdadera pregunta es qué deben hacer las empresas y particulares que no forman parte del SII. Tienen ante sí dos opciones. La primera es que decidan acogerse voluntariamente al SII, y evitar la presentación de informes Verifactu. Por otro lado, pueden optar por Verifactu.
En cualquier caso, las empresas pueden tener que invertir tiempo y fondos para establecer o ajustar los sistemas, los procesos internos y formar al personal para cumplir con estos sistemas, lo que resulta especialmente complicado para las pequeñas y medianas empresas. Además, un elemento de complejidad es que quienes no cumplan cualquiera de estos sistemas se enfrentarán a sanciones.
Y, por si esto no fuera suficiente reto, existen dudas sobre la alineación de estos sistemas con la próxima adopción obligatoria de la facturación electrónica por parte de la ViDA, combinada con los requisitos de información digital en tiempo real (DRR). Por un lado, el sistema SII es un modelo plenamente operativo y maduro de información en tiempo real. Por el contrario, Verifactu es un modelo de reciente implantación que puede quedar obsoleto una vez entren en vigor los requisitos de la ViDA.
Por lo tanto, los sujetos pasivos deben elegir sabiamente qué sistema van a utilizar. Si Verifactu resulta inadecuado, las empresas se arriesgan a una doble inversión. La primera para cumplir con el Verifactu y la segunda para invertir en un sistema más adecuado y compatible con los requisitos de RRC del ViDA.
Conclusión
La introducción del sistema Verifactu supone un reto importante para quienes no utilizan el sistema SII o no están sujetos a ningún otro requisito de notificación, ya que deben decidir qué sistema adoptar. Mientras que las empresas que ya utilizan el sistema SII están exentas de Verifactu, otras empresas y particulares se encuentran en la intersección. No obstante, a la hora de tomar una decisión sobre qué sistema utilizar, las empresas no solo deben tener en cuenta los requisitos actuales en materia de IVA e información, sino también los próximos cambios a escala de la UE.
Fuente: IVAacerca de, Agencia Tributaria - SII, Agencia Tributaria - Verifactu, Comisión Europea

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