2025 traerá numerosas novedades al sistema del IVA polaco. Desde nuevas declaraciones del IVA hasta la preparación del terreno para implantar la facturación electrónica B2B obligatoria en Polonia, conocida como KSeF. Aunque los borradores y las leyes se propusieron y aprobaron en 2024, los efectos llegarán en 2025 y, para algunos requisitos, en 2026.
Cambios en la legislación del IVA
Las modificaciones de la Ley del IVA que entrarán en vigor el 1 de enero de 2025 siguen los cambios de la Directiva 2022/542 de la UE, que se refieren a las reglas de sujeción sobre el lugar de prestación de servicios, en particular para los servicios culturales, artísticos, deportivos, educativos y de entretenimiento.
Además, el Gobierno polaco modificó la Ley del IVA en virtud de la Directiva 2020/285 de la UE relativa al régimen fiscal especial para pequeñas empresas. A partir del 1 de enero de 2025, las pequeñas empresas establecidas en otro país de la UE podrán acogerse a la exención del IVA si su volumen de negocios anual en toda la UE es inferior a 100.000 EUR. Las empresas nacionales con un volumen de negocios inferior a 200.000 PLN pueden beneficiarse de la exención del IVA en las entregas locales.
A partir de abril de 2025, se exigirán nuevas declaraciones del IVA a partir del VAT-8, utilizado por los sujetos pasivos activos registrados a efectos del IVA y las personas jurídicas no consideradas sujetos pasivos con arreglo a legislación específica del IVA. Además, también se introducirá el modelo de declaración del IVA VAT-9M, utilizado por los sujetos pasivos no obligados a presentar otras declaraciones del IVA que realizan importaciones y adquisiciones de bienes y servicios.
Además de estos cambios en los modelos de declaración del IVA, la aplicación del tipo reducido del IVA del 8 % a determinados bienes para la producción agrícola ya se ha prorrogado hasta el 31 de marzo de 2025. No obstante, a partir del 1 de abril de 2025, esta medida temporal debería convertirse en permanente, y el tipo de IVA del 8 % seguirá aplicándose a bienes como los acondicionadores del suelo, los estimulantes del crecimiento y los productos fertilizantes microbianos.
Por último, los requisitos de facturación electrónica B2B obligatoria en el marco del KSeF entrarán en vigor en 2026. No obstante, durante 2025 deberían resolverse todos los problemas que provocaron el aplazamiento de la implantación del KSeF, de modo que el sistema pueda estar operativo en 2026.
Conclusión
Polonia está introduciendo cambios y mejoras significativos en su legislación del IVA y en sus requisitos de declaración, alineándose así con las normas del IVA de la UE. Aunque la implantación de determinadas obligaciones depende del Gobierno y de su capacidad para resolver los problemas, las empresas deben prepararse para los próximos cambios. Además, las empresas sujetas a las normas de facturación electrónica obligatoria deben seguir de cerca la evolución y prepararse para la introducción del KSeF.

