Eslovenia impondrá la facturación electrónica B2B a partir de 2028
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El Gobierno esloveno ha publicado un anuncio relativo a la adopción de la Ley sobre el intercambio de facturas electrónicas y otros documentos electrónicos (Ley), que hace obligatoria la facturación electrónica B2B para todas las entidades comerciales a partir del 1 de enero de 2028. Según el Gobierno, la Ley pretende simplificar las operaciones, reducir costes y apoyar la digitalización de los procesos empresariales.
Claves de la Comunicación del Gobierno
En virtud de las normas obligatorias de facturación electrónica B2B, las empresas y los empresarios individuales registrados en Eslovenia tendrán que emitir y recibir facturas electrónicamente por los servicios prestados en el país, lo que marcará el fin de las facturas en papel en las transacciones B2B.
Sin embargo, las facturas en papel seguirán estando permitidas para las transacciones B2C y las transacciones en las que participen empresas extranjeras. Además, el Gobierno subrayó que para los consumidores la Ley no supone ningún cambio, y que las empresas pueden seguir emitiendo facturas en papel a menos que el consumidor acepte recibirlas electrónicamente, con la opción de retirar ese consentimiento en cualquier momento.
El Gobierno recordó que la facturación electrónica está bien establecida en el sector público, es decir, en las transacciones B2G, siendo obligatoria para los usuarios de presupuestos desde 2015 y para los clientes de contratación pública desde 2019. En particular, el anuncio destaca que en 2022, el 60% de las empresas eslovenas con 10 o más empleados ya utilizaban facturas electrónicas, con una mayor adopción entre las empresas medianas y grandes.
En la notificación, el Gobierno afirma que las facturas electrónicas se estructurarán como documentos XML, lo que permitirá la automatización completa de los procesos empresariales, y que su intercambio tendrá lugar a través de cuatro canales seguros. Estos canales incluyen los proveedores de correo electrónico, los sistemas de intercambio internos como los sistemas ERP, la red internacional PEPPOL y la aplicación gubernamental gratuita miniBlagajna para las empresas más pequeñas.
Conclusión
La implantación de la facturación electrónica B2B obligatoria en Eslovenia se ajusta a los requisitos de toda la UE en el marco de la iniciativa IVA en la Era Digital (ViDA), que impondrá la facturación electrónica para las transacciones transfronterizas en 2030. Sin embargo, la nueva fecha de aplicación, el 1 de enero de 2028, difiere de la fecha límite del 1 de junio de 2026, anunciada previamente en 2024.
Fuente: Gobierno esloveno, IVAacerca de
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