España avanza en la reforma del IVA ViDA con nuevas enmiendas
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El Ministerio de Hacienda español ha publicado una nota de prensa relativa a la aprobación en primera vuelta por el Consejo de Ministros de un Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley del IVA como parte de la aplicación parcial del nuevo IVA de la UE en la era digital (ViDA). Las modificaciones recientemente aprobadas son un paso fundamental para avanzar en la aplicación de la ViDA, ya que incorporan el marco actualizado de la UE a la legislación española, garantizando que la administración del IVA se mantenga alineada con la economía digital y el creciente papel de las plataformas en línea.
Principales modificaciones de la Ley del IVA
Las normas y requisitos de la ViDA se aplicarán por etapas o fases, estando previsto que las medidas más significativas entren en vigor el 1 de julio de 2028 y el 1 de julio de 2030. No obstante, para que estas medidas puedan aplicarse, a partir del 1 de enero de 2027 se aplicará un conjunto de ajustes menores, principalmente técnicos. Con las últimas modificaciones, el Gobierno español aborda estos ajustes técnicos.
Así, las modificaciones de la Ley del IVA recientemente aprobadas incluyen la ampliación del régimen de no comunitarios a los servicios prestados a consumidores de fuera de la UE. Además, la Ley modificada introduce un nuevo requisito para las empresas no pertenecientes a la UE que soliciten la devolución del IVA por operaciones de comercio electrónico declaradas en el marco del REA de la UE. De acuerdo con las nuevas normas, estas empresas extracomunitarias deberán designar a un representante para que se encargue del proceso.
Además, la Ley también introduce dos medidas temporales para salvar el periodo previo a la entrada en vigor de las normas completas de la ViDA. La primera se refiere a las transacciones realizadas en régimen de existencias en consignación, que seguirán vigentes sólo hasta que entre en funcionamiento el nuevo sistema de notificación de transferencias de bienes propios, el 1 de julio de 2028. La segunda medida permite que los suministros de energía realizados a través de redes sigan utilizando el régimen de la Unión hasta el 30 de junio de 2028, fecha a partir de la cual entrarán formalmente en su ámbito de aplicación con arreglo a las normas actualizadas.
Conclusión
Con estas modificaciones de la Ley del IVA, el Gobierno español está tomando las medidas necesarias para garantizar la transposición sin problemas del paquete ViDA a la legislación nacional en los plazos previstos. Teniendo en cuenta el alcance y la importancia de la ViDA en la modernización del sistema del IVA de la UE, el enfoque español de aplicación gradual refleja una estrategia pragmática que permite a las empresas y las administraciones adaptarse progresivamente al tiempo que garantiza la preparación para las grandes reformas previstas para 2028 y 2030.
Fuente: Ministerio de Hacienda español
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