España está un paso más cerca de implantar la facturación electrónica obligatoria para las transacciones entre empresas (B2B), después de que la Comisión Europea aprobara su Proyecto de Real Decreto sobre la denominada Ley de Creación y Crecimiento (Ley Crea y Crece).

La adopción por parte de España de nuevas normas y reglamentos de facturación electrónica B2B es un avance significativo que remodelará las transacciones comerciales dentro del país. Este cambio no es solo una formalidad, sino un cambio fundamental para el que las empresas deben estar preparadas.

Implantación de las normas de facturación electrónica

El desarrollo de las normas de facturación electrónica obligatoria en España comenzó en 2023 con una consulta pública para recabar opiniones y comentarios diversos. Desde entonces, el Decreto ha pasado por varias fases, culminando en la aprobación de la Comisión Europea, un paso crucial en el proceso normativo.

La aprobación es el último paso en la definición de las normas y el primer paso en la introducción de los plazos de implantación. El volumen de facturación es un factor determinante para saber cuándo los sujetos pasivos, empresas o particulares están sujetos a los requisitos de facturación electrónica B2B.

Los sujetos pasivos con una facturación anual superior a 8 millones de EUR dispondrán de 12 meses desde la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado para cumplir los requisitos de facturación electrónica. En cambio, los sujetos pasivos por debajo de este umbral dispondrán de 24 meses.

No obstante, con independencia de la facturación, todos los sujetos pasivos deberán seguir enviando facturas en formato PDF durante el período transitorio. El incumplimiento de las normas obligatorias de facturación electrónica B2B puede acarrear sanciones de hasta 10.000 EUR.

Conclusión

Todos los sujetos pasivos que tienen obligaciones de emitir facturas disponen de tiempo suficiente para familiarizarse y prepararse para las normas de facturación electrónica B2B, especialmente teniendo en cuenta que el Real Decreto aún no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Los períodos de 12 y 24 meses para cumplir los requisitos de facturación electrónica B2B aún no han comenzado, y todas las empresas deberían tomar las medidas necesarias para cumplir las nuevas normas.

Fuente: Ayming