UE: El Parlamento Europeo aprueba resoluciones relacionadas con el ViDA

Después de que Estonia vetara por segunda vez el IVA en la Era Digital (ViDA) en la reunión del ECOFIN, quedó claro que este paquete de reformas no se aprobaría durante la Presidencia belga del Consejo de la UE y que correspondería a la Presidencia húngara continuar este proceso.
Aunque todavía estamos esperando que el ViDA se incluya en una de las próximas reuniones del ECOFIN, lo que se espera que ocurra en otoño, se han hecho algunos progresos en relación con el ViDA.
El 24 de julio de 2024, el Parlamento Europeo aprobó tres resoluciones legislativas, la Resolución C/2024/4246, la Resolución C/2024/4247 y la Resolución C/2024/4248, por las que se aprueban y modifican varios aspectos del paquete ViDA.
Principales modificaciones de la propuesta ViDA
La primera Resolución se refiere a las normas del IVA para la era digital. Modifica numerosas disposiciones relativas a las obligaciones de declaración del IVA, en particular en lo que se refiere a los costes de cumplimiento para las PYME. Además, subraya la importancia de Intrastat como herramienta para luchar contra el fraude del IVA. Además, estipula que a partir del 1 de enero de 2028, la facturación electrónica será el método por defecto para documentar las transacciones de IVA y que ya no se solicitará la aceptación del destinatario.
Otra disposición importante de esta Resolución es la posible consolidación de los tres regímenes de OSS, Unión, No Unión e IOSS, de modo que todos los suministros, como bienes importados, servicios y ventas nacionales, se declaren a través de un portal único.
Uno de los datos más importantes que contiene esta Resolución es que el paquete ViDA deberá introducirse progresivamente a partir del 1 de enero de 2025.
La segunda Resolución regula el régimen de cooperación administrativa en materia de IVA para la era digital. Una modificación destacada es que, para luchar contra el fraude, la Fiscalía Europea (EPPO), la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) y Europol tendrán acceso a la información sobre el IVA en las transacciones intracomunitarias.
La tercera Resolución se refiere a las normas del IVA para los sujetos pasivos, los regímenes especiales y los regímenes especiales de declaración y pago relativos a las ventas a distancia de bienes importados.
Conclusión
Estas tres resoluciones aprobadas por el Parlamento Europeo son pasos importantes en el proceso de adopción del paquete ViDA, especialmente teniendo en cuenta las fechas establecidas en la Resolución C/2024/4246. Queda por ver cómo evolucionarán los futuros trabajos sobre la adopción de esta reforma pionera.
Fuente: Resolución C/2024/4246, Resolución C/2024/4247, Resolución C/2024/4248

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