La Dirección General de Finanzas Públicas de Francia publicó recientemente comentarios oficiales sobre la norma relativa a los tipos especiales de IVA aplicables en Córcega, centrándose expresamente en el artículo 297 del Código General Tributario francés.
Córcega, al igual que los territorios franceses de ultramar de Reunión, Guadalupe y Martinica, aplica tipos de IVA distintos a los del resto de Francia.
Tipos especiales de IVA
A diferencia del resto de los territorios franceses, los tipos de IVA específicos en Córcega son del 0,9%, el 2,10%, el 10% y el 13%. Estos tipos se aplican a los bienes y servicios entregados o prestados en Córcega, a las importaciones y adquisiciones intracomunitarias y a los envíos de productos desde la Francia continental a Córcega.
Un tipo especial del 0,90% se aplica a la primera representación de determinados espectáculos. Esto puede resultar confuso, ya que no se aplica estrictamente a la primera representación. Como se indica, este tipo se aplica a las primeras ciento cuarenta representaciones teatrales de obras dramáticas, líricas, musicales, coreográficas o clásicas de nueva creación que son objeto de una nueva puesta en escena.
Incluso los músicos que presentan material que ya forma parte de su repertorio pueden aplicar este tipo, siempre que se integre en un nuevo arreglo o musical.
Además, un tipo del 0,90% se aplica a las operaciones relacionadas con la venta de ganado destinado a la alimentación.
Otros alimentos entregados en Córcega para el consumo humano y animal que producen alimentos para las personas, los productos agrícolas y el pescado están sujetos a un tipo especial del 2,10%. Asimismo, este tipo se aplica a bienes entregados en Córcega, como libros, madera, productos derivados de la madera, fertilizantes y productos fitosanitarios.
Además de a los bienes entregados, este tipo especial se aplica a servicios relacionados con el alquiler a corto y largo plazo de determinados alojamientos, las entradas para espectáculos, exposiciones y zoológicos, y las suscripciones de televisión.
Como explican los comentarios oficiales, las obras de construcción, la maquinaria agrícola y determinadas ventas están sujetas a un tipo de IVA del 10%.
Por último, un tipo especial del 13% se aplica a la venta de productos derivados del petróleo, como el butano, el propano, la gasolina, el fuelóleo, el diésel, etc.
Conclusión
Los comentarios y las explicaciones que ofrecen los organismos públicos son siempre información valiosa, sobre todo cuando aclaran aspectos concretos de las normas y regulaciones.
No obstante, conviene recordar que estos son los tipos especiales de IVA y que el tipo general de IVA en Córcega se fija en el mismo nivel que en la Francia continental: el 20%.

