Dos Decretos Ministeriales adoptados en diciembre de 2024 introdujeron normas y requisitos más estrictos en relación con el nombramiento de representantes fiscales y la inscripción en el registro del Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA (VIES). Se imponen nuevas obligaciones a los representantes fiscales y a los sujetos pasivos no comunitarios que realicen operaciones sujetas al impuesto en Italia o que tengan la intención de realizar operaciones intracomunitarias sujetas a la base de datos VIES.

Repercusión para los representantes fiscales y los sujetos pasivos no comunitarios

Toda persona que desee convertirse en representante fiscal debe cumplir determinadas condiciones, entre ellas no haber sido condenada ni sentenciada, ni tener procedimientos penales pendientes por infracciones financieras, no haber cometido infracciones graves y reiteradas de la legislación en materia de cotizaciones y tributación, y no estar inhabilitada ni impedida para ocupar determinados cargos. Si el representante fiscal es una persona jurídica, su representante legal debe cumplir todas las condiciones establecidas.

Los representantes fiscales también deben presentar declaraciones responsables ante la Autoridad Tributaria competente en las que hagan constar que cumplen todas las condiciones y requisitos. Además, deben aportar una garantía válida durante 48 meses. El importe de la garantía se basa en el número de entidades representadas y oscila entre 30.000 EUR por representar de dos a nueve entidades y un máximo de 2 millones de EUR por representar a más de 1.000 entidades.

Como garantía pueden aportarse valores públicos, valores con garantía del Estado, avales bancarios o una póliza de caución.

Los sujetos pasivos no comunitarios que nombren representantes fiscales deben aportar a la Autoridad Tributaria italiana una garantía de al menos 50.000 EUR en una de las formas mencionadas, con una validez mínima de 36 meses. Una vez finalizado el periodo de garantía, los sujetos pasivos no comunitarios pueden operar sin la obligación de aportar nuevas garantías financieras.

Los sujetos pasivos no comunitarios que ya operan en Italia y disponen de un representante fiscal dispondrán de 60 días desde la publicación de las normas de desarrollo para aportar las garantías exigidas.

Conclusión

Para que estos dos Decretos Ministeriales surtan efecto, la Autoridad Tributaria debe dictar normas de desarrollo, que se esperan para mayo de 2025. En caso de que los representantes fiscales o los sujetos pasivos no comunitarios no cumplan la normativa ni las condiciones y requisitos establecidos, perderán la capacidad de actuar como representantes fiscales y los sujetos pasivos serán excluidos del registro VIES.

Fuente: PwC