Dos Decretos Ministeriales adoptados en diciembre de 2024 introdujeron reglas y requisitos más estrictos en relación con el nombramiento de representantes fiscales y el registro en el archivo del VAT Information Exchange System (VIES). Se imponen nuevas obligaciones a los representantes fiscales y a los no residentes que realicen operaciones gravadas en Italia o que pretendan realizar operaciones intracomunitarias sujetas a la base de datos VIES.
Impacto en los representantes fiscales y en los no residentes
Toda persona que quiera convertirse en representante fiscal debe cumplir determinadas condiciones, entre ellas no haber sido condenada, sentenciada ni tener procesos penales pendientes por delitos financieros, no haber cometido infracciones graves y reiteradas de la legislación sobre cotizaciones y tributación, y no estar inhabilitada para ocupar determinados cargos. Si el representante fiscal es una persona jurídica, su representante legal debe cumplir todas las condiciones establecidas.
Los representantes fiscales también deben presentar declaraciones responsables ante la administración tributaria competente en las que afirmen que cumplen todas las condiciones y requisitos. Además, deben aportar una garantía válida durante 48 meses. El importe de la garantía se basa en el número de entidades representadas, y oscila entre 30.000 EUR por representar de dos a nueve entidades y un máximo de 2 millones de EUR por representar a más de 1.000 entidades.
Como garantía pueden aportarse valores del Estado, valores con garantía estatal, avales bancarios o una póliza de caución.
Los no residentes que designen representantes fiscales deben aportar a la administración tributaria italiana una garantía de al menos 50.000 EUR en una de las formas mencionadas, válida durante un mínimo de 36 meses. Una vez finalizado el periodo de garantía, los no residentes pueden operar sin obligación adicional de aportar garantías financieras.
Los no residentes que ya operan en Italia y cuentan con un representante fiscal dispondrán de 60 días tras la publicación de las normas de desarrollo para aportar las garantías requeridas.
Conclusión
Para que estos dos Decretos Ministeriales surtan efecto, la administración tributaria debe emitir las normas de desarrollo, lo que se espera que ocurra en mayo de 2025. En caso de que los representantes fiscales o los no residentes no cumplan la normativa ni las condiciones y requisitos establecidos, perderán la capacidad de actuar como representantes fiscales y los sujetos pasivos serán dados de baja del archivo VIES.
Fuente: PwC

