Las empresas que se dedican a los activos digitales recibieron un impulso por parte del gobierno de los Emiratos Árabes Unidos (EAU), que está trabajando arduamente para posicionarse como uno de los principales países, si no el principal, para las cripto en el mundo.

A principios de octubre, la Autoridad Fiscal Federal publicó el Reglamento de Ejecución del Decreto-ley Federal (Decreto), actualizando la legislación del IVA en lo relativo al tratamiento del IVA de los activos digitales y la gestión de fondos de inversión.

Impacto en los servicios de cripto y de gestión de fondos

A partir del 15 de noviembre de 2024, se eliminará el tipo de IVA del 5 % aplicable a la mayoría de las transferencias de activos digitales, incluidas las cripto. A partir de esa fecha, la propiedad, transferencia y conversión o gestión de activos digitales, como las cripto, se tratarán como servicios financieros. Por lo tanto, estos servicios entrarán en el ámbito de las prestaciones exentas del IVA.

Curiosamente, esta decisión de eliminar el tipo de IVA del 5 % se aplicará de forma retroactiva. Así, la fecha a partir de la cual se aplica la exención del IVA será el 1 de enero de 2018.

Esto es importante para las empresas y los particulares que pagaron el IVA por transacciones relacionadas con activos digitales en los últimos seis años, ya que ahora pueden reclamarlo. Sin embargo, como siempre ocurre con las devoluciones del IVA, quienes soliciten una devolución pueden enfrentarse a auditorías fiscales.

Asimismo, los servicios de gestión de fondos de inversión están ahora exentos del IVA. Esto afecta tanto a los gestores de fondos como a quienes los designan, es decir, a quienes utilizan el servicio prestado por los gestores de fondos.

Conclusión

Estos cambios marcan una nueva dirección para las empresas que operan en el sector de la cadena de bloques y consolidan aún más a los EAU como uno de los países líderes. A medida que crece la comunidad Web3, más empresas e inversores particulares participan en el desarrollo de las tecnologías de cadena de bloques. Por lo tanto, todos ellos podrían aprovechar las exenciones del IVA previstas por los últimos cambios normativos en los EAU para garantizar un mayor flujo de caja.

Además, las empresas que ya operan en este campo en los EAU deberían analizar si las nuevas normas se les aplican y en qué medida.

Fuente: PwC, BDO, El Reglamento de Ejecución del Decreto-ley Federal n.º 8