Reforma del IVA en Polonia en 2027: ampliación del OSS y novedades sobre ViDA
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El Ministerio de Hacienda de Polonia ha propuesto modificaciones a la Ley del IVA para armonizar la legislación nacional con la Directiva 2025/516 de la UE, un acto legislativo fundamental del paquete «IVA en la era digital» (ViDA). Estas modificaciones forman parte de una iniciativa más amplia destinada a modernizar la gestión del IVA en una economía cada vez más digital y transfronteriza.
Modificaciones propuestas y calendario de aplicación
El objetivo principal es abordar las lagunas y los problemas prácticos que surgieron tras las reformas del IVA en el comercio electrónico de la UE de 2021. Como parte de su agenda de digitalización más amplia, Polonia pretende que el sistema sea más claro y eficiente, especialmente para las empresas que venden bienes y servicios a través de las fronteras. Un aspecto fundamental es la ampliación y el perfeccionamiento del sistema de ventanilla única (OSS), que permite a las empresas declarar y pagar el IVA en varios países de la UE mediante un único registro.
Las modificaciones propuestas también aclaran el cálculo del umbral de 42 000 PLN para las ventas a distancia dentro de la UE. Esto se corresponde con el umbral neto unificado a escala de la UE de 10 000 EUR al año para todas las ventas transfronterizas B2C de bienes y servicios digitales dentro de la UE. Estas aclaraciones ayudarán a las empresas a comprender mejor cuándo están obligadas a aplicar el IVA en otros Estados miembros.
La reforma del IVA de Polonia sigue un calendario por fases establecido por la Directiva de la UE 2025/516, y la mayoría de los cambios entrarán en vigor el 1 de enero de 2027. Se adoptará un segundo conjunto de disposiciones a mediados de 2029, que se aplicará a partir del 1 de julio de 2029. Se espera que el Gobierno polaco apruebe las modificaciones en 2026, completando la adopción parlamentaria antes de la fecha límite de la UE a finales de año.
Durante el período de transición, el actual régimen de existencias de entrega a demanda se eliminará gradualmente y será sustituido por el marco de Transferencia de Bienes Propios (TOOG). En virtud del marco TOOG, a partir del 1 de julio de 2028, las empresas que trasladen sus propios bienes entre países de la UE podrán declarar las transferencias a través de un sistema OSS ampliado (TOOG-OSS), lo que simplificará considerablemente el cumplimiento normativo.
Conclusión
Esta reforma tiene por objeto eliminar la incertidumbre a la que se han enfrentado las empresas desde que se introdujeron las anteriores normas sobre el IVA en el comercio electrónico. Las empresas y los particulares que operan en Polonia deben estar atentos a la aprobación definitiva de estas modificaciones para asegurarse de que no se produzcan cambios significativos entre el borrador y la versión final.
Fuente: Cancillería del Primer Ministro
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