La Directiva del IVA de la UE es una norma reconocida que constituye la columna vertebral del sistema armonizado del IVA en los Estados miembros de la UE. Garantiza una aplicación coherente y reduce las barreras comerciales dentro del mercado único. Sin embargo, con los cambios en la evolución económica y tecnológica, los países de la UE se ven obligados a buscar mecanismos más eficientes de cumplimiento del IVA y de prevención del fraude adaptados a sus necesidades nacionales.

Uno de esos mecanismos o iniciativas es la implementación de sistemas nacionales de reporte digital, que a veces se apartan de las reglas uniformes definidas por la Directiva del IVA de la UE. Para satisfacer sus necesidades nacionales e implementar un sistema de reporte propio, los países de la UE deben presentar una propuesta y obtener el consentimiento de la Comisión Europea. El proceso para obtener una excepción a la Directiva del IVA de la UE está estrictamente definido y preserva la integridad del sistema fiscal de toda la UE al tiempo que atiende los intereses nacionales.

Marco jurídico de la excepción

El artículo 395 de la Directiva del IVA de la UE constituye la base jurídica de la excepción. Conforme a este artículo, los Estados miembros de la UE pueden solicitar a la Comisión Europea autorización para introducir una medida especial que se aparte de la Directiva del IVA de la UE. El objetivo principal de dicha medida debe ser simplificar la recaudación del IVA o prevenir determinadas formas de evasión fiscal sin afectar al importe global del impuesto recaudado por el Estado miembro.

En términos prácticos, este instrumento jurídico protege el sistema fiscal de la UE. Garantiza que las iniciativas nacionales, aun cuando sean divergentes, se alineen con las políticas más amplias que buscan la equidad del mercado y la neutralidad fiscal a nivel de la UE.

Procedimiento para solicitar una excepción

El procedimiento para solicitar una excepción a la Directiva del IVA de la UE está diseñado para ser estructurado y transparente. Garantiza la rendición de cuentas y la coherencia dentro del régimen fiscal de la UE. El procedimiento se inicia cuando un Estado miembro de la UE presenta una solicitud formal a la Comisión Europea.

La solicitud debe incluir documentación exhaustiva que explique y detalle la naturaleza de la medida propuesta, la disposición concreta de la Directiva del IVA de la UE de la que se aparta y la información sobre los objetivos que se pretenden alcanzar con la implementación de dicha medida.

El Estado miembro solicitante debe demostrar que la medida propuesta es proporcionada y necesaria, y debe respaldarla con datos o análisis cuando proceda. Además, el país de la UE debe consultar a las partes interesadas afectadas, incluidas las empresas y las asociaciones sectoriales, para realizar una evaluación de impacto y presentar sus resultados en la solicitud.

Una vez recibida, la Comisión Europea evalúa exhaustivamente la solicitud. Si concluye que falta cierta información, lo notificará al Estado miembro en un plazo de dos meses. Cuando la Comisión haya recibido toda la información requerida y completado la evaluación, informará al Estado miembro y remitirá la solicitud a los demás Estados miembros de la UE en el plazo de un mes.

En un plazo de tres meses desde la notificación al Estado miembro solicitante de la aprobación de la excepción, la Comisión elabora la propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo, que se presenta luego al Consejo de la Unión Europea. Si la Comisión no aprueba ni se opone a la excepción, expone sus objeciones a la implementación de las medidas solicitadas. Para que una solicitud surta efecto, el Consejo debe aprobar el proyecto presentado por la Comisión.

En cualquier caso, el proceso se completa en un plazo de ocho meses desde que el país de la UE presenta su solicitud a la Comisión Europea.

La solicitud de excepción de Alemania: clave para la facturación electrónica B2B obligatoria

La solicitud de Alemania para introducir una medida especial que se aparte de los artículos 218 y 232, apartándose así de las reglas generales del IVA de la UE, constituye un ejemplo notable de cómo un Estado miembro de la UE puede completar el proceso de excepción para introducir un sistema de reporte digital que refuerce el cumplimiento del IVA.

Alemania propuso introducir un sistema obligatorio de facturación electrónica para las operaciones nacionales entre sujetos pasivos, en respuesta al aumento del fraude del IVA y a la necesidad de una recopilación de datos transaccionales más segura y precisa. Alemania quería implementar un sistema obligatorio de facturación electrónica para las operaciones B2B.

Sin embargo, este sistema se apartaba de las reglas generales de facturación definidas en la Directiva del IVA de la UE, lo que llevó a Alemania a presentar una solicitud formal de excepción al amparo del artículo 395. Las principales razones para introducir la facturación electrónica B2B obligatoria son combatir el fraude y la evasión fiscal y mejorar la recaudación del IVA. Además, la solicitud señalaba el potencial de dicho sistema para reducir las cargas administrativas y las brechas del IVA.

Asimismo, la solicitud incluía la evaluación de impacto, resultante de una amplia consulta con actores clave, como la Autoridad Tributaria y los sujetos pasivos. La conclusión fue que la facturación electrónica B2B obligatoria no supondría una carga para las empresas y que, a largo plazo, estas se beneficiarían de la automatización de procesos, como la contabilidad, y de la eliminación de los costes relativos a las facturas en papel, como su emisión, envío, procesamiento y almacenamiento.

La Comisión Europea y el Consejo de la Unión Europea reconocieron la importancia de combatir sistemáticamente el fraude del IVA y respaldaron la solicitud tras realizar deliberadamente las evaluaciones pertinentes. En su carta final, el Consejo de la Unión Europea aprobó la excepción, concediendo a Alemania tres años, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027, para implementar la facturación electrónica B2B obligatoria.

Conclusión

Además de recibir la aprobación para implementar las nuevas medidas, los países de la UE a los que ya se les ha concedido el derecho a apartarse de la Directiva del IVA de la UE también deben seguir el mismo procedimiento cuando quieran continuar aplicando la facturación electrónica obligatoria tras una aprobación recibida previamente. Así, Italia siguió el mismo procedimiento para obtener la autorización de aplicar la facturación electrónica obligatoria, ya que estaba autorizada a utilizar la medida especial hasta el 31 de diciembre de 2024.

La excepción a la Directiva del IVA de la UE es esencial para que los Estados miembros de la UE adapten las medidas del IVA a sus necesidades económicas y de mercado particulares sin vulnerar ni poner en peligro los principios fundamentales de la UE. El proceso puede parecer riguroso, pero refleja el equilibrio entre la autonomía nacional y los esfuerzos colectivos por desarrollar un mercado y un sistema de IVA de la UE estables y armonizados.

Fuente: Directiva del IVA de la UE, Comisión Europea - Excepciones del IVA, Directiva de la UE 2006/69/CE, Propuesta de Decisión de Ejecución 2023/0193(NLE), Propuesta de Decisión de Ejecución 2024/0246 (NLE)