Sudáfrica - Propuesta de nuevas normas de IVA para los servicios electrónicos

Desde hace algún tiempo, hay indicios de que Sudáfrica podría modificar la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), en particular los artículos relacionados con los servicios electrónicos. En agosto, el Tesoro Nacional de la República de Sudáfrica (Tesoro Nacional) publicó las propuestas de modificación para recabar comentarios del público.
Como se anuncia en el proyecto de Reglamento, las nuevas normas entrarán en vigor el 1 de abril de 2025, reflejando mejor las necesidades y retos de la economía digital.
Normas actuales y enmiendas propuestas
Según las normas actuales del IVA, todos los proveedores extranjeros de servicios digitales que prestan servicios a los consumidores en Sudáfrica deben registrarse a efectos del IVA y recaudar y remitir el IVA una vez que superan el umbral de facturación de 12 meses de 1 millón de ZAR (alrededor de 56.000 USD). La ley actual no distingue entre transacciones B2C y B2B a efectos de la obligación de registro del IVA, y todas las transacciones se incluyen en el volumen de negocios.
Una de las modificaciones más significativas propuestas es que los servicios prestados por proveedores extranjeros de servicios digitales exclusivamente a vendedores locales queden excluidos de la definición de servicios electrónicos.
Sin embargo, esta definición ya se enfrenta a críticas por ser imprecisa y poco clara. Por lo tanto, cabe esperar que se introduzcan cambios adicionales a las enmiendas propuestas antes de que éstas sean adoptadas.
Además de esta exclusión, las nuevas enmiendas también incluyen la denominada exclusión intragrupo. Los servicios electrónicos prestados por una empresa extranjera a una empresa sudafricana que forme parte del mismo grupo no se consideran servicios electrónicos a efectos del IVA. Sin embargo, las enmiendas introducen una definición más amplia de estos servicios como exclusivamente descubiertos, ideados, desarrollados, creados o producidos para su consumo por la empresa residente.
Conclusión
Desde esta perspectiva, es necesario seguir trabajando sobre las modificaciones propuestas. Incluso si el texto de las modificaciones propuestas no se modifica y se adopta tal como se propone, el Tesoro Nacional debería proporcionar más explicaciones y aclaraciones relacionadas con la aplicación de las nuevas normas del IVA aplicables a los servicios electrónicos.
Fuente: ENSAfrica - Tratamiento de los servicios electrónicos a efectos del IVA, Proyecto de Reglamento, Notas explicativas

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