Un tribunal británico respalda el tipo impositivo del 5 % para la recarga pública de vehículos eléctricos
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El 26 de febrero de 2026, el Tribunal de Primera Instancia (FTT) publicó su fallo en el caso entre Charge My Street, una empresa social con sede en el Reino Unido que instala y opera puntos de recarga de vehículos eléctricos comunitarios, y HMRC. La disputa se centró en el tipo de IVA aplicable al modelo de recarga de vehículos eléctricos comunitarios. Aunque la decisión del FTT podría ser objeto de nuevas impugnaciones, el mensaje inicial que transmite es significativo y, si se confirma, podría figurar entre las decisiones más notables para el sector.
Hechos del caso y decisión del FTT
Charge My Street aplicó inicialmente el tipo estándar del IVA del 20 % a sus suministros de electricidad a través de sus puntos de recarga. Sin embargo, en 2023, argumentó que debería haberse aplicado el tipo reducido del 5 % y, por lo tanto, presentó una solicitud de devolución al HMRC. En septiembre de 2023, el HMRC aceptó la solicitud de la empresa y le abonó el importe del IVA que, según ella, había pagado en exceso.
Poco después, la empresa solicitó a la HMRC una resolución formal sobre el tratamiento correcto del IVA de dichos suministros. Sorprendentemente, en febrero de 2024, la HMRC emitió una decisión según la cual el tipo normal del IVA se aplica a la electricidad suministrada a través de puntos de recarga públicos de vehículos eléctricos, lo que llevó a Charge My Street a presentar un recurso en marzo de 2024. La situación se agravó aún más en junio de 2024, cuando HMRC emitió una liquidación del IVA en la que exigía a la empresa que devolviera el importe previamente reembolsado. El principal argumento de HMRC era que la devolución se había realizado por error.
Esto dio lugar a otra apelación de la empresa en junio de 2024, que dio lugar a un procedimiento ante el FTT. El FTT declaró que su tarea consistía en interpretar las disposiciones pertinentes y determinar si la electricidad suministrada en los puntos de recarga públicos de vehículos eléctricos podía acogerse a un tratamiento reducido del IVA. Además, el FTT señaló que el desacuerdo se centraba principalmente en tres cuestiones: dónde se suministra la electricidad, cómo debe medirse el umbral de consumo y quién es el destinatario real del suministro.
Tras examinar cuidadosamente todos los hechos y pruebas y realizar un análisis en profundidad de las disposiciones aplicables, el FTT dictaminó que el modelo de recarga de vehículos eléctricos de Charge My Streets puede acogerse al tipo reducido del 5 % del IVA. Además, el FTT determinó que cuando la electricidad se suministra en un punto de recarga público y no supera los 1000 kWh por cliente al mes en un lugar específico, puede considerarse como uso doméstico, que está sujeto a un tipo reducido del IVA.
Conclusión
Aunque esta sentencia supone una gran victoria para Charge My Street, ya que reduce el coste de la recarga para los conductores que utilizan la red de la empresa, la HMRC aún tiene tiempo para recurrir la decisión. No obstante, si la HMRC decide no recurrir, la consecuencia sería que la recarga de vehículos eléctricos en lugares públicos estaría sujeta al tipo del IVA del 5 % y que los conductores podrían reclamar el impuesto pagado en los cargadores públicos en los últimos años.
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