La Asamblea General de Colorado ha promulgado una ley que amplía considerablemente el impuesto estatal sobre las ventas y el uso para cubrir el software informático, independientemente de la forma en que se entregue. A partir del 1 de enero de 2027, la mayoría de las ventas de software quedarán sujetas al impuesto sobre las ventas y el uso de Colorado. Con esta decisión, Colorado se une a numerosos estados de EE. UU., como California, que están modificando sus normas de impuesto sobre las ventas y el uso para incluir las ventas de software en la base imponible.

Impacto en los proveedores de servicios digitales

La nueva ley amplía la definición de software imponible y elimina las distinciones anteriores basadas en el método de entrega. El software informático se define ahora como instrucciones codificadas que hacen que un ordenador o dispositivo electrónico realice una tarea, independientemente de si se entrega a través de soportes físicos, se descarga electrónicamente o se accede a él de forma remota a través de internet.

Este cambio en la definición confirma que las aplicaciones de software instaladas en dispositivos móviles, como smartphones y tabletas, también se incluyen dentro de la categoría de software imponible. Además, la ley elimina las exclusiones anteriores para el software entregado a través de proveedores de servicios de aplicaciones, métodos de entrega electrónica o acuerdos de “carga y retirada”, incluyendo el software basado en la nube y de acceso remoto dentro del ámbito de la tributación.

En consecuencia, a partir del 1 de enero de 2027, tanto el software descargado tradicionalmente, como las aplicaciones instaladas en un dispositivo, como el software de acceso remoto proporcionado a través de internet, como las soluciones basadas en la nube o SaaS, serán generalmente imponibles. Cabe destacar que el software desarrollado a medida sigue estando exento, y las transacciones de software cubiertas por un acuerdo de licencia negociable también seguirán calificando para la exención.

Pasos de cumplimiento

Las empresas que operan en Colorado deben revisar sus acuerdos actuales de software, condiciones contractuales y estructuras de transacciones para determinar si sus compras de software o acuerdos de acceso pasarán a ser imponibles.

La ampliación del software imponible también crea posibles retos de localización, especialmente para las aplicaciones descargadas en dispositivos móviles como smartphones y tabletas. Es posible que las empresas deban implementar procesos para rastrear dónde se accede al software o se utiliza, con el fin de determinar correctamente sus obligaciones tributarias.