El Tribunal Supremo Administrativo de Finlandia publicó su decisión en un caso relativo a las sanciones de VAT por declaraciones de VAT contradictorias presentadas para el mismo período. En su decisión, el Tribunal Supremo Administrativo examinó si el aumento fiscal impuesto por la declaración de VAT incorrecta era apropiado.
Antecedentes del caso y decisión del Tribunal
En enero de 2023, el contable de A presentó una declaración de VAT en la que se reportaban tanto la VAT a pagar de EUR 11,848 como la VAT deducible correspondiente. Sin embargo, en febrero de 2023, un servicio de pequeños emprendedores que A había utilizado anteriormente pero que había olvidado desactivar presentó automáticamente una declaración sustitutiva que mostraba una VAT de cero, ya que no se habían emitido facturas a través del servicio durante 2022. A alegó que esta segunda declaración era innecesaria y que no había tenido conocimiento de que se hubiera presentado.
Tras recibir la declaración sustitutiva, la Administración Tributaria solicitó una explicación y posteriormente determinó que A había presentado una declaración de VAT incorrecta. Liquidó una VAT de EUR 11,870.38 e impuso un aumento fiscal del 10 % de EUR 1,187.04.
A recurrió, oponiéndose a la VAT liquidada y al aumento fiscal del 10 %. Si bien la Junta de Ajuste Tributario aceptó los argumentos de A y eliminó el aumento fiscal, la Unidad de Supervisión Jurídica de los Contribuyentes (Unidad de Supervisión) impugnó esa decisión, argumentando que el aumento fiscal debía restablecerse al 10 % o reducirse al 3 %.
El Tribunal Administrativo de Helsinki desestimó el recurso, concluyendo que una sanción del 10 % era claramente desproporcionada dado que el error se derivó de una presentación duplicada no intencionada y no de una conducta indebida deliberada. La Unidad de Supervisión recurrió la decisión ante el Tribunal Supremo Administrativo, buscando revocarla.
Tras examinar todos los hechos, el Tribunal Supremo Administrativo determinó que la declaración de VAT incorrecta se derivó únicamente de que A no revocó la autorización previamente otorgada al servicio de pequeños emprendedores. No obstante, el Tribunal también consideró que el propio servicio debería haber verificado la exactitud de la declaración con A antes de presentarla, especialmente dado que sabía que no se había realizado ninguna facturación a través del servicio. En virtud de sus conclusiones, el Tribunal confirmó la decisión del Tribunal Administrativo de eliminar el aumento fiscal.
Conclusión
Si bien el Tribunal Supremo Administrativo confirmó la eliminación del aumento fiscal impuesto al sujeto pasivo, también confirmó que una sanción estándar de VAT del 10 % se aplica como regla predeterminada siempre que un sujeto pasivo presenta una declaración de impuestos incorrecta o incompleta, no presenta una declaración requerida u omite información fiscal requerida, lo que da lugar a la liquidación de un impuesto adicional. Esta sanción se reduce al 3 % si el asunto es jurídicamente ambiguo o si la sanción completa resultaría desproporcionadamente severa debido a circunstancias especiales.

