El gobierno francés ha confirmado que no aplazará el calendario de implementación del sistema obligatorio de facturación electrónica y declaración electrónica B2B, a pesar de las expectativas generalizadas de que el gobierno podría retrasar su puesta en marcha hasta el 1 de diciembre de 2026. Sin embargo, la Administración Tributaria francesa ha anunciado un enfoque de aplicación más flexible durante el período inicial de implementación.
Alcance de las directrices
A mediados de julio, la Administración Tributaria francesa publicó una guía práctica de puesta en marcha para la reforma obligatoria de facturación electrónica del país, explicando cómo deben gestionar el período de transición las empresas, las plataformas de facturación electrónica y las autoridades públicas. Una de las notas más importantes de la guía es que la obligación de recibir facturas electrónicas a través de plataformas aprobadas se aplica a partir del 1 de septiembre de 2026.
Además, la Administración Tributaria aclaró que la reforma solo cambia el método de transmisión y declaración de las facturas, no las normas comerciales y tributarias subyacentes. Esto significa que los principios existentes relativos a las obligaciones de pago, el reconocimiento contable, los derechos de deducción del IVA y las relaciones comerciales permanecen inalterados.
Además, la guía subraya que las soluciones alternativas temporales durante el período de transición solo están previstas como medidas de emergencia y no pueden sustituir el cumplimiento del sistema de facturación electrónica. Por lo tanto, las empresas que experimenten problemas técnicos deben resolverlos y volver al canal electrónico aprobado lo antes posible.
Las facturas recibidas por métodos tradicionales, como correo electrónico, PDF o papel, no perderán su validez legal. Dado que el método de transmisión no afecta al fondo de la transacción, estas facturas siguen siendo exigibles y aptas para la deducción del IVA. En los casos en que las empresas reciban la misma factura a través de varios canales, deben identificar una versión como documento de referencia oficial y tratar las copias adicionales como duplicados, en lugar de rechazarlas o procesarlas más de una vez.
La guía confirma un enfoque progresivo y gradual del cumplimiento, en el que se espera que las empresas establezcan sus procesos de facturación electrónica y declaración electrónica mientras siguen avanzando hacia el cumplimiento total. Las empresas obligadas a cumplir a partir del 1 de septiembre de 2027 no necesitan modificar sus procesos de facturación de inmediato. Sin embargo, pueden adoptar voluntariamente la facturación electrónica antes si la transición se gestiona correctamente a través de una plataforma aprobada, con datos de factura completos y comunicación con los clientes.
Conclusiones clave
La guía deja claro que no habrá aplazamiento de la facturación electrónica y la declaración electrónica B2B obligatorias, a pesar de las expectativas del mercado. Además, la Administración Tributaria aclaró cómo se ve en la práctica actuar de buena fe y qué se espera de los sujetos pasivos durante las fases de preparación y transición, hasta lograr la implementación y el cumplimiento totales.

