En enero, el Ministerio de Finanzas de Letonia publicó un plan a cuatro años para reducir la economía sumergida mediante la aplicación de medidas modernas, a las que, en cierta medida, se están sumando cada vez más países.

Una parte relevante del plan publicado es la introducción de un sistema de facturación electrónica como herramienta tecnológica tributaria eficaz para establecer un marco de cumplimiento del IVA más eficiente. Siguiendo este plan, el 27 de mayo de 2024, el Ministerio de Finanzas presentó a consulta pública el anteproyecto de ley «Enmiendas a la Ley de Contabilidad», que expone las bases jurídicas sobre las que debe asentarse el nuevo sistema.

El marco propuesto y su impacto

Según las enmiendas propuestas, a partir del 1 de enero de 2026, todos los sujetos pasivos cuya sede de actividad esté en Letonia deberán emitir una factura estructurada basada en la plantilla nacional para sus entregas B2B.

No obstante, para facilitar una transición fluida del papel a la facturación electrónica, la primera fase, que comienza el 1 de enero de 2025, cubrirá las operaciones B2G.

Para garantizar la circulación obligatoria de la facturación electrónica interior (B2B), el nuevo marco debe incluir una solución de circulación descentralizada de la factura electrónica basada en tres métodos de envío electrónico:

  1. proveedores u operadores de servicios PEPPOL (Pan-European Public Procurement On-Line) (servicio de pago);
  2. la solución nacional de entrega gratuita (dirección de correo electrónico);
  3. el método acordado entre los contribuyentes (por ejemplo, por correo electrónico o mediante interfaces de integración directa de software).

Para la facturación electrónica B2G obligatoria, las empresas tendrán que transmitir los datos de las facturas al Servicio de Ingresos del Estado (State Revenue Service) a través de uno de los tres canales de transmisión de datos disponibles:

  1. a través de la dirección electrónica (e-address);
  2. la API del EDS (Sistema de Declaración Electrónica) o
  3. cargando manualmente la factura electrónica en el EDS.

Conclusión

Aunque el Gobierno aún no ha publicado la documentación técnica sobre el intercambio, la entrega y la recepción de facturas electrónicas, el calendario del Ministerio de Finanzas ofrece una hoja de ruta clara para que las empresas y las instituciones públicas se adapten a la nueva normativa.

Fuente: Plan de reducción de la economía sumergida, Ministerio de Finanzas, Enmiendas a la Ley de Contabilidad