El 10 de diciembre de 2024, el Secretario de Estado de Finanzas neerlandés publicó dos nuevas decisiones de política del IVA que alterarán de forma significativa el tratamiento fiscal de las sociedades holding en Países Bajos. Estas nuevas políticas, que entrarán en vigor el 1 de julio de 2025, sustituyen al obsoleto 'Decreto de Holdings' de 1991 y al 'Decreto de Venta de Participaciones' de 2004. Al alinear la normativa neerlandesa del IVA más estrechamente con la jurisprudencia europea, estos cambios buscan eliminar incoherencias, mejorar la transparencia fiscal y crear un sistema más equitativo.

Cambios clave en la política del IVA: hacia una mayor alineación con el Derecho de la UE

En las últimas décadas, las políticas neerlandesas para las sociedades holding han sido criticadas por permitir oportunidades de deducción del IVA relativamente generosas, incluso para actividades no sujetas o incidentales. Sentencias recientes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) subrayaron que tal permisividad era incompatible con el Derecho de la UE. El nuevo marco introduce requisitos más estrictos para participar en grupos de IVA, redefine los criterios de deducción del IVA y establece obligaciones de cumplimiento más rigurosas.

Un elemento central de las reformas es una distinción más nítida entre las sociedades holding "puras" y "activas". Con el nuevo marco, las holdings puras –entidades limitadas a poseer y gestionar participaciones– dejan de considerarse empresarios a efectos del IVA. En consecuencia, no pueden participar en grupos de IVA ni deducir el IVA soportado en sus costes. Por el contrario, las holdings activas –las que prestan servicios de gestión o participan en la definición de estrategias– pueden seguir beneficiándose de la recuperación del IVA, siempre que cumplan estándares más estrictos de integración financiera, organizativa y económica.

Nuevas reglas para participar en un grupo de IVA

La nueva política aclara y endurece las condiciones para las entidades que desean unirse a grupos de IVA, subrayando la necesidad de vínculos económicos genuinos entre los participantes. Para cumplir los requisitos, las empresas deben demostrar:

 

· Integración financiera: la mayoría de las participaciones deben pertenecer, directa o indirectamente, al mismo accionista o entidad.

· Integración organizativa: debe existir una dirección y una estructura operativa unificadas entre las entidades.

· Integración económica: las actividades de las empresas deben contribuir de forma conjunta a un único objetivo económico, garantizando que el grupo opere de manera cohesionada.

Estos cambios pretenden evitar la inclusión de entidades débilmente conectadas en grupos de IVA, fomentando la integridad fiscal y el cumplimiento.

Reglas actualizadas de deducción del IVA: el foco en la actividad económica

La nueva política de deducción del IVA introduce un marco más preciso para determinar qué costes dan derecho a recuperar el IVA. Subraya que el IVA soportado en los costes solo es deducible si esos costes se relacionan con actividades económicas sujetas a impuesto.

Los costes vinculados a la tenencia pasiva de participaciones o a inversiones puramente financieras quedan excluidos. Para los costes que sí cumplen los requisitos, se aclara la distinción entre costes directos y gastos generales. Los costes directos, como los incurridos durante una reestructuración empresarial o una adquisición con una finalidad empresarial clara, pueden deducirse íntegramente. Los gastos generales, en cambio, deben repartirse mediante el método de prorrata. Las operaciones incidentales con participaciones –como ventas puntuales– quedan excluidas de los cálculos de prorrata, garantizando que no afecten negativamente a los porcentajes de recuperación del IVA.

Interacción práctica entre los decretos

La Política de Sujeción al IVA y la Política de Deducción del IVA están diseñadas para funcionar de forma conjunta. Los derechos de deducción del IVA de una sociedad holding están intrínsecamente ligados a su clasificación como pura o activa según la Política de Sujeción al IVA. Además, la participación en grupos de IVA depende del cumplimiento de los criterios de integración establecidos en ambos documentos. Las políticas también introducen el "principio de extensión", que permite tratar determinadas actividades –como operaciones con participaciones o servicios de gestión– como extensiones de las actividades económicas más amplias de la empresa cuando responden a una finalidad empresarial legítima.

Implicaciones para las sociedades holding y las empresas

Las nuevas políticas de IVA traen cambios significativos para las empresas, generando tanto retos como oportunidades según su estructura y sus actividades.

Sociedades holding puras: Estas entidades afrontan los mayores retos. Su exclusión de los grupos de IVA y la imposibilidad de recuperar el IVA soportado en sus costes probablemente elevarán sus gastos operativos. Muchas holdings puras tendrán que estudiar opciones de reestructuración o plantearse integrar actividades económicas adicionales para mantener la eficiencia fiscal.

Sociedades holding activas: Las holdings activas, por su parte, pueden beneficiarse del nuevo marco si alinean estratégicamente sus operaciones. Por ejemplo, las empresas que realizan operaciones internacionales con participaciones fuera de la UE pueden tener derecho a la recuperación total del IVA si cumplen los criterios establecidos. Las reglas más claras sobre costes directos y gastos generales también permiten a las empresas optimizar sus estrategias de reparto de costes, mejorando tanto el cumplimiento como la eficiencia fiscal.

Cumplimiento y carga administrativa

Los requisitos más estrictos para participar en grupos de IVA y para deducir costes aumentarán la carga administrativa de las empresas. Las empresas deben mantener documentación detallada para demostrar la integración financiera, organizativa y económica dentro de los grupos de IVA. Además, deben establecer con claridad la relación entre los costes soportados y las actividades económicas sujetas a impuesto. En el caso de los costes de uso mixto, las empresas deben garantizar un reparto preciso mediante el método de prorrata.

La mayor complejidad puede exigir invertir en sistemas contables avanzados y en servicios de asesoramiento externo para garantizar el cumplimiento.

Prepararse para los cambios: recomendaciones para las empresas

Con la fecha de aplicación del 1 de julio de 2025 cada vez más cerca, las empresas deben actuar de forma proactiva para adaptarse al nuevo marco. Los pasos clave incluyen:

1. Evaluar las estructuras existentes: realizar una revisión exhaustiva de los acuerdos operativos y fiscales actuales. Evaluar la elegibilidad para participar en grupos de IVA e identificar los costes con derecho a deducción del IVA.

2. Reestructurar cuando sea necesario: para adaptarse a las nuevas políticas, las empresas pueden necesitar consolidar funciones de gestión, reorganizar las estructuras de propiedad de participaciones o integrar actividades económicas adicionales para calificar como holdings activas.

3. Buscar asesoramiento experto: dada la complejidad de las reformas, es aconsejable consultar a especialistas en IVA.

Conclusión

Los nuevos decretos de IVA marcan un cambio transformador en el panorama fiscal neerlandés para las sociedades holding. Al alinearse con la jurisprudencia europea, las políticas introducen criterios más estrictos para participar en grupos de IVA y para deducir costes, al tiempo que promueven la transparencia fiscal y el cumplimiento.

Para las empresas, las reformas presentan tanto retos como oportunidades. Las holdings puras pueden afrontar mayores costes y menores beneficios fiscales, mientras que las holdings activas tienen la oportunidad de optimizar sus operaciones y la recuperación del IVA. Con una planificación proactiva, las empresas pueden afrontar estos cambios con eficacia, apoyándose en el asesoramiento para reestructurarse donde sea necesario y cumplir con los nuevos requisitos.

Al fomentar una mayor alineación con el Derecho de la UE, el marco actualizado no solo garantiza un entorno fiscal más transparente, sino que también obliga a las empresas a operar con un enfoque más nítido en la integración económica y la rendición de cuentas.