Polonia aplica las normas fiscales DAC7, DAC8 y DAC9
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El 25 de julio de 2025, el Ministerio de Finanzas polaco lanzó una consulta pública sobre la Ley, que propone la introducción de varias directivas de la UE y normas y requisitos de información de la OCDE relacionados con el intercambio automático de información, comúnmente conocido como AEOI.
Esta acción del Ministerio de Finanzas es un testimonio de los esfuerzos de Polonia para alinearse con la evolución de las normas fiscales internacionales y fortalecer la cooperación administrativa, lo que refleja la creciente atención mundial a la transparencia en las transacciones digitales y transfronterizas.
Medidas propuestas por la ley
La ley propone la introducción del intercambio automático obligatorio de información en virtud del Segundo Pilar de la UE y la aplicación de los requisitos de información en virtud del Marco de Información sobre Criptoactivos de la OCDE. Más concretamente, la Ley propone la transposición de la Directiva 2021/514 del Consejo de la UE relativa al AEOI para operadores de plataformas digitales, conocida como DAC7, y la Directiva 2023/2226 del Consejo de la UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad o DAC8.
Además, la Ley propone la transposición de la Directiva 2025/872 del Consejo de la UE relativa a un formato digital normalizado para los intercambios de información en el marco del segundo pilar, o DAC9. Además, la Ley establece el 30 de junio como fecha límite para la presentación de los datos requeridos del año de referencia anterior sobre los usuarios de criptoactivos. La fecha de entrada en vigor propuesta es el 1 de enero de 2026, mientras que todas las partes interesadas clave tienen hasta el 18 de agosto de 2025 para presentar sus comentarios y observaciones sobre el texto propuesto de la Ley.
Además de esto, la carta del Ministerio de Finanzas sobre la consulta pública también incluye una referencia a una solicitud al Departamento de Derecho de la Unión Europea en la Cancillería del Primer Ministro para preparar una opinión sobre el cumplimiento del proyecto con la legislación de la Unión Europea.
Conclusión
La aplicación de las normas y reglamentos DAC 7, DAC 8 y DAC 9 es sólo una cuestión de formalidad. Una vez cerrada la consulta pública, es de esperar que el proyecto de Ley sea aprobado y promulgado. No obstante, dado que el Departamento de Derecho de la Unión Europea deberá emitir su dictamen sobre el cumplimiento de las normas y reglamentos de la UE, el texto de la ley podrá ser revisado. Por lo tanto, todas las partes afectadas deben esperar hasta que se publique la versión final del texto de la Ley en el Boletín Oficial para confirmar todas las fechas críticas.
Fuente: Bloomberg, Ministerio de Hacienda polaco

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