El Tribunal Constitucional de Sudáfrica dictó una sentencia unánime en el caso Lueven Metals (Pty) Ltd v Commissioner for the South African Revenue Service (SARS), resolviendo la controversia sobre la aplicación del tipo cero de IVA a los suministros de oro. Tras la decisión del Tribunal, el Comisionado de SARS publicó un aviso público con comentarios sobre la sentencia.
Tipo cero para los suministros de oro
El caso entre Lueven Metals, una empresa que compra y revende oro de segunda mano, como joyería de desecho, y SARS se centra en el tratamiento de IVA del oro reciclado o refinado. La empresa tenía un acuerdo con Absa Bank Limited para suministrar lingotes de oro refinados a una pureza del 99,5 %. Para ello, la empresa depositaba su chatarra de oro menos puro en Rand Refinery, que luego fundía y refinaba el oro antes de entregar lingotes puros a Absa y a otros compradores.
Durante años, la empresa trató estas ventas como sujetas al tipo cero, lo que permitió a Absa comprar lingotes de oro sin IVA. Este tratamiento también permitió a la empresa deducir el IVA soportado pagado a los proveedores del oro de segunda mano que adquiría. Sin embargo, tras una auditoría en 2021, SARS determinó que el oro de segunda mano que la empresa utilizaba para suministrar a Absa ya había sido sometido a un proceso de fabricación previo. Como resultado, SARS concluyó que el suministro de oro no cumplía los requisitos para el tipo cero.
El High Court falló a favor de SARS, y el Supreme Court of Appeal (SCA) desestimó el recurso por una cuestión jurisdiccional preliminar sin entrar en el fondo. En una sentencia anterior del Tribunal Constitucional de 2025, el Tribunal sostuvo que el SCA se había equivocado. También confirmó la decisión del High Court de examinar en cuanto al fondo la solicitud de tutela declarativa. Como resultado, la cuestión de interpretación sustantiva fue devuelta para una determinación adicional.
A finales de junio de 2026, el Tribunal Constitucional dictaminó que el tipo cero de IVA se aplica únicamente cuando el oro se suministra en una de las formas legalmente prescritas y no ha sido sometido a ningún proceso de fabricación distinto de la refinación o la producción de dichas formas prescritas. Además, el Tribunal confirmó que el oro de segunda mano o reciclado, que ya ha sido fabricado en otro producto antes de ser recuperado, no cumple los requisitos para el tipo cero.
El Comisionado de SARS acogió con satisfacción esta decisión, y añadió que proporciona seguridad jurídica a los vendedores, los bancos y los participantes en la industria de metales preciosos, al tiempo que refuerza la posición de SARS de que la legislación tributaria debe aplicarse estrictamente conforme a su redacción.
Conclusión
Dado que Sudáfrica es el undécimo mayor productor de oro del mundo y que su valor estimado se sitúa entre 14.000 millones de USD y 22.000 millones de USD, la sentencia aporta mayor certeza sobre el tratamiento de IVA de los suministros de oro que cumplen los requisitos. En un sentido más amplio, la sentencia refuerza la aplicación coherente y justa de la ley del IVA y protege la base impositiva del país.

