Suiza - Modificaciones de la Ley del IVA

En diciembre de 2023, la Administración Tributaria Federal Suiza (ATFS) anunció que se modificaría la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (Ley del IVA). Una de las modificaciones que ya ha entrado en vigor, a partir del 1 de enero de 2024, es el aumento del tipo normal del IVA del 7,7% al 8,1% y la reducción de los tipos del 2,5% al 2,6%.
Junto a este cambio, a partir del 1 de enero de 2025, se introducirá una importante novedad relativa a las obligaciones de los operadores extranjeros de plataformas digitales cuando el lugar de prestación se encuentre en Suiza.
Plataformas digitales y Ley del IVA
La modificación también ha introducido un nuevo concepto de plataforma digital en el marco nacional: "Plataforma digital significa una interfaz electrónica que facilita la interacción entre dos o más usuarios en línea con la intención de suministrar bienes o servicios".
Siguiendo el ejemplo de la UE, la SFTA ha introducido el concepto de "proveedor considerado" en relación con las transacciones de comercio electrónico. Cuando se cumplan los nuevos requisitos, las plataformas digitales que facilitan el suministro de bienes poniendo en contacto a compradores y vendedores se considerarán "proveedores considerados" de los suministros efectuados por el vendedor original.
Si se cumplen una o varias de las condiciones indicadas a continuación, el operador de la plataforma digital no será considerado proveedor asimilado:
Si no participa directa o indirectamente en el proceso de pedido;
Si no genera un volumen de negocios directamente relacionado con el negocio;
Cuando su función se limite a procesar los pagos relacionados con el suministro;
Cuando sólo ofrece espacio para anuncios;
Cuando únicamente ofrece servicios publicitarios;
Cuando su función se limita a redirigir o reenviar a los compradores a otras plataformas electrónicas.
Cuando la SFTA lo exija, como en los casos de auditoría, el RPD deberá facilitar toda la información pertinente relativa a la cuota de IVA transferida como parte de las condiciones del proveedor asimilado y el volumen de negocios relacionado, con documentos justificativos.
Las PYME y la Ley del IVA
Según las nuevas normas, las pequeñas y medianas empresas también pueden presentar declaraciones anuales del IVA, lo que reduce potencialmente su periodicidad de declaración. Para ello, deben cumplirse dos condiciones
el volumen de negocios imponible anual no supera los 5.005.000 francos suizos;
el contribuyente debe haber presentado las declaraciones del IVA y pagado todas las deudas fiscales íntegra y puntualmente en los tres últimos periodos impositivos. Si la deuda tributaria data de un periodo más corto, la SFTA tiene en cuenta los periodos transcurridos desde el inicio de la deuda tributaria.
La Ley del IVA obliga a todas las empresas extranjeras a designar a un representante fiscal con domicilio o sede social en Suiza para cumplir sus obligaciones de procedimiento.
Sin embargo, la Ley revisada permite a la SFTA renunciar al nombramiento de un representante fiscal si existen otros medios para facilitar la comunicación con el contribuyente extranjero.
Conclusión
La Ley del IVA revisada aporta muchos cambios, especialmente a las plataformas digitales. La introducción del concepto de proveedor asimilado cambiará el sector del comercio electrónico y afectará tanto a las plataformas digitales como a los vendedores que operan en Suiza.
Las plataformas digitales deben evaluar ya el impacto de los cambios y si serán consideradas proveedores.

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