El Tribunal Superior Occidental de Dinamarca dictó sentencia en un caso de evasión del impuesto sobre la renta y del IVA relacionado con ingresos empresariales no registrados entre 2018 y 2021. La fiscalía acusó a T de realizar actividades empresariales sin declarar correctamente los ingresos ni registrarse a efectos del IVA. Esto dio lugar a una evasión total del impuesto sobre la renta de DKK 206,823 (aproximadamente EUR 27,650) y a una evasión del IVA de DKK 126,917 (aproximadamente EUR 17,000).
Resumen del caso
La fiscalía alegó que T dirigía un negocio sin declarar los ingresos. Según la normativa danesa, los sujetos pasivos deben notificar a la Agencia Tributaria en un plazo de cuatro semanas tras cada liquidación anual si su renta imponible se declaró por debajo de lo real. Presuntamente, T no lo hizo, lo que dio lugar a una liquidación insuficiente del impuesto sobre la renta correspondiente a 2018-2021. Además, se acusó a T de operar un negocio sujeto al IVA desde enero de 2018 hasta diciembre de 2021 sin registrarse a efectos del IVA.
T negó estos cargos, alegando que no dirigía ningún negocio y que el dinero depositado en sus cuentas correspondía a reembolsos de amigos por compras de alimentos que ella había realizado en su nombre. También afirmó que estos depósitos correspondían a devoluciones de préstamos personales relacionados con visitas a casinos y juegos de azar privados.
Basándose en los registros de la Autoridad Empresarial Danesa y en fotografías de las cuentas de redes sociales de T, donde anunciaba diversos alimentos a la venta, el Tribunal de Distrito dictaminó que T había estado realizando actividades empresariales. Además, el Tribunal de Distrito determinó que los numerosos depósitos de distintas personas en la cuenta bancaria de T y los importes implicados demostraban que T había operado un negocio no registrado durante el periodo pertinente.
El Tribunal de Distrito dictaminó que T había obtenido beneficios considerables no declarados, no había declarado estos ingresos a la Agencia Tributaria danesa y, a sabiendas, no había liquidado el IVA. En consecuencia, el Tribunal de Distrito impuso una multa de DKK 450,000 (aproximadamente EUR 60,000). No obstante, tanto T como la fiscalía recurrieron la sentencia.
El Tribunal Superior Occidental confirmó la condena de T, al no encontrar pruebas ni en el procedimiento tributario ni en el penal que justificaran deducciones por gastos empresariales superiores a las ya estimadas por la Unidad de Casos Penales de la Agencia Tributaria danesa. En consecuencia, el Tribunal Superior confirmó la condena y aumentó la multa de DKK 450,000 a DKK 600,000 (aproximadamente EUR 80,000).
Conclusión
En definitiva, T es responsable de los impuestos y el IVA no pagados derivados de actividades empresariales no declaradas por un total de DKK 333,740 (aproximadamente EUR 44,650) y de una sanción penal de DKK 600,000. La sentencia subraya que la actividad empresarial informal y no declarada conlleva un riesgo real: las autoridades tributarias pueden reconstruir los ingresos, y lo harán, utilizando registros bancarios, redes sociales y otras pruebas digitales.

