Chile - Normas de IVA para proveedores de servicios digitales

Aunque Chile no fue el primer país de Latinoamérica en implementar el IVA a los Servicios Digitales, la plataforma desarrollada por el Servicio de Impuestos Internos (SII) en 2020 para que los operadores internacionales pudieran registrarse y declarar este impuesto ya ha sido destacada a nivel internacional.
Google, Netflix, Apple, Spotify, Meta Platforms Ireland, Sony Interactive Entertainment, Microsoft, Amazon, Valve Corporation y Rasier Operations BV (Uber) son las diez plataformas que más impuestos han pagado desde la entrada en vigor del impuesto el 1 de junio de 2020.
Servicios digitales e IVA
A partir del 1 de junio de 2020, los proveedores extranjeros de servicios digitales deberán registrarse a efectos del IVA cuando el lugar de prestación de sus servicios se encuentre dentro del país. La Agencia Tributaria ha desarrollado un registro simplificado a efectos fiscales para los proveedores extranjeros de servicios digitales.
La nueva regulación introdujo bajo qué condiciones el proveedor extranjero de servicios digitales está obligado a registrarse, recaudar y remitir el IVA chileno. Las condiciones se pueden revisar a continuación :
Intermediación - facilitación para la prestación de servicios por terceros e importación de bienes desde el extranjero;
Suministro o entrega de contenidos digitales de entretenimiento, tales como videos, música, juegos u otros análogos, mediante descarga, streaming u otra tecnología, incluyendo, para estos efectos, textos, revistas, periódicos y libros;
Suministro de software, almacenamiento, plataformas o infraestructura informática;
Publicidad, independientemente del soporte o medio a través del cual se entregue, materialice o ejecute.
Para que un servicio se considere utilizado en el territorio nacional, deben cumplirse al menos dos de cuatro condiciones:
La dirección IP del dispositivo utilizado por el usuario u otro mecanismo de geolocalización indica que se encuentra en Chile;
La tarjeta, cuenta corriente bancaria u otro medio de pago utilizado para el pago está emitido o registrado en Chile;
La dirección indicada por el usuario para la facturación o la emisión de recibos, o el pago se encuentra en el territorio nacional; o bien
La tarjeta del módulo de identidad del abonado (SIM) del teléfono móvil se utiliza para recibir el servicio con Chile como código de país.
Los proveedores extranjeros de servicios digitales deben adherirse al régimen fiscal simplificado. Pueden declarar y pagar el IVA mensual o trimestralmente hasta el día 20 del primer mes siguiente al periodo de declaración. Todos aquellos que se inscriban en este régimen quedan liberados de la obligación de emitir comprobantes, facturas, notas de crédito o débito y otros documentos tributarios por sus operaciones.
Conclusión
Cabe destacar que los contribuyentes que se acojan al Régimen Fiscal Simplificado no tienen derecho a solicitar la deducción de las cuotas soportadas. Esta disposición aproxima este régimen a los llamados "regímenes de pago único", buscando garantizar un adecuado equilibrio entre simplificación y protección de la recaudación tributaria, ya que el contribuyente extranjero se beneficia de una declaración de impuestos menos compleja.

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